La estadística de “Cuentas Anuales Consolidadas del Impuesto sobre Sociedades”, referida al ejercicio objeto de análisis, contiene la información consolidada de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades. El universo de la publicación está constituido por las empresas individuales no integradas en grupos que liquidan su impuesto mediante el modelo 200 y los grupos consolidados que lo hacen con el modelo 220. Esta información complementa la proporcionada en la Estadística de las Cuentas anuales en el Impuesto sobre Sociedades que contiene todas las declaraciones del modelo 200, tanto de las empresas que liquidan el impuesto con dicho modelo como de las empresas pertenecientes a grupos que presentan el modelo 200, pero en este último caso sin efectos liquidatorios. Mientras que la estadística de las Cuentas anuales en el Impuesto sobre Sociedades permite tener un panorama global de la actividad económica y del balance de todas las sociedades, esta nueva publicación ofrece la visión completa del impuesto, incluyendo, entre otras variables, la cuota líquida consolidada del Impuesto sobre Sociedades que es la medida adecuada de la aportación del conjunto de las sociedades a los ingresos tributarios del Estado.
La cuota líquida del impuesto constituye la expresión de la aportación a los ingresos tributarios con criterio de devengo, siendo esta magnitud tributaria equiparable a la cuota resultante de la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Esta publicación explicita el cálculo de tipos efectivos consistentes con los datos publicados los informes de recaudación realizados por este Servicio. Es relevante destacar que en estos informes y estadísticas el impuesto societario se refiere sólo y exclusivamente al pagado en España, y más concretamente en territorio de Régimen Fiscal Común.
La publicación Cuentas anuales consolidadas del Impuesto sobre Sociedades constituye una estadística de carácter censal basada en las declaraciones anuales del Impuesto sobre Sociedades que tienen carácter liquidatorio: modelo 200 para las empresas individuales no integradas en grupos y modelo 220 para los grupos fiscales. Este último modelo lo presenta la sociedad dominante del grupo que, cumpliendo con la definición de grupo consolidado fiscal recogida en el artículo 58 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), opte por aplicar el régimen de tributación que está regulado en el Capítulo VI del Título VII de dicha ley. El objetivo de la publicación es ofrecer una imagen detallada de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades a través de información relativa a los resultados de las entidades declarantes clasificadas por el tipo de colectivo empresarial, el sector al que pertenecen o la dimensión de la empresa según su número medio de asalariados o su cifra de negocios, entre otras características.
En el Impuesto sobre Sociedades conviven distintos regímenes tributarios, el general y los especiales regulados en el Titulo VII de la LIS. Dentro de estos últimos destaca, por la importancia de las sociedades acogidas al mismo, el régimen de consolidación fiscal. Este régimen permite a las empresas tributar por el impuesto de forma consolidada. Las empresas que pertenecen a grupos están obligadas a presentar su modelo 200 como el resto de empresas, pero la determinación del impuesto a pagar se realiza mediante la presentación del modelo 220 en el que se consolidan las bases imponibles de las sociedades integrantes del grupo y se liquida el impuesto. No se tiene una visión completa del impuesto si no se tiene en cuenta esta peculiaridad de los grupos.
Este régimen especial permite considerar como sujeto pasivo del impuesto al grupo en su conjunto, y con esta finalidad se establecen los correspondientes ajustes de consolidación y las normas de liquidación aplicables a los datos agregados, que constituyen su contenido específico.
En las estadísticas del Impuesto sobre Sociedades que tradicionalmente publica la AEAT se incluye este aspecto, de una forma indirecta. En la Estadística por partidas del IS se recoge la explotación de las principales casillas del modelo de declaración individual (modelo 200) de las empresas presentando el detalle por tramo de cifra de negocios de partidas de contenido económico (Balance, Cuenta PyG) y fiscal (ajuste al RC, liquidación), pero dichas partidas de contenido fiscal no incorporan las implicaciones de la consolidación para los grupos empresariales (son magnitudes recaudatorias “potenciales” o “teóricas” en ausencia de consolidación fiscal, con especial trascendencia en los tramos altos de la distribución donde se sitúan los grandes grupos consolidados). En las Cuentas anuales en el Impuesto sobre Sociedades, en los datos evolutivos, se desglosan las diferentes partidas según una característica propia de cada empresa como es la pertenencia o no a un grupo fiscal, y además, como información adicional a la aportada por cada empresa, en el apartado de Liquidación, se muestran las variables básicas del modelo 220, que resultan necesarias para conocer la realidad del impuesto pagado por las empresas que tributan en régimen de consolidación fiscal. Esta es la información utilizada en los diferentes informes de recaudación, en particular el Informe Anual de Recaudación Tributaria. Sin embargo, el dato del impuesto total pagado realmente por las sociedades no se recoge de forma agregada y diferenciada en esa estadística, y por tanto, no existe un análisis de detalle del dato global de recaudación asociado al impuesto sobre sociedades. Éste es el objetivo de esta nueva publicación.
Para cumplir con este objetivo se puede decir, de manera resumida, que se utiliza la información del modelo 200 para las empresas individuales no integradas en grupos, y del modelo 220 para las sociedades consolidadas como grupo fiscal, nueva unidad de análisis en esta publicación. Esta información se presenta para el total empresas, para entidades no financieras, entidades de crédito y aseguradoras, con detalle de las principales magnitudes declaradas y los tipos efectivos por cifra de negocios y por número de trabajadores. Como se ha señalado, tanto el total como los datos por tipo de entidad se corresponden con la tributación real de las sociedades.
En consecuencia, el objetivo de esta nueva publicación es ampliar la información disponible hasta ahora a través de las estadísticas de Cuentas anuales en el Impuesto sobre Sociedades combinándola con lo declarado a través del modelo 220. En términos generales, se extraen los datos necesarios del modelo 200 para las empresas individuales no integradas en grupos y del modelo 220 la información referida a las sociedades consolidadas como grupo consolidado fiscal. Así mismo se eliminan las entidades y empresas con tipos impositivos 1% o 0%.
El contenido de la publicación está integrado por la presente Metodología, las Tablas Estadísticas y los Anexos.
Cada uno de los datos y desagregaciones que aparecen en las tablas de la publicación estarán disponibles únicamente cuando haya un número de empresas en el cruce elegido considerado como suficiente y necesario para salvaguardar el secreto y la confidencialidad de los contribuyentes, debiendo elegir otra opción en caso de que los datos deseados estén protegidos.
Las tablas estadísticas se estructuran en tres apartados independientes, y cada uno de ellos presenta distintas posibilidades a la hora de visualizar los datos de los que se disponen:
El apartado de Principales variables contiene tablas en la que pueden verse, además del número de entidades, algunas de las partidas más importantes, como son: Inmovilizaciones materiales, Cifra de Negocios, Beneficio, Resultado Contable, Base imponible, Cuota íntegra, Cuota líquida positiva, y los tipos efectivos, calculados, bien como porcentaje de la cuota líquida entre la base imponible positiva, o bien como porcentaje de la cuota líquida entre el beneficio, para diferentes categorías:
Los datos consolidados responden a la integración de dos tipos de unidades:
Se define el Beneficio como el resultado contable positivo, y en el caso de los grupos será la suma de los resultados contables positivos de aquellas empresas pertenecientes al grupo con beneficio (es decir, no se compensan con las pérdidas de otras empresas del mismo grupo).
El Resultado Contable, es el resultado cualquiera que sea su signo. En el caso de los grupos, será la suma de los resultados, sean beneficios o pérdidas, de todas las empresas pertenecientes al grupo, y por tanto, es el que corresponde al grupo en su conjunto.
La clasificación por signo se realiza por el signo del Resultado Contable de las unidades objeto de análisis en la estadística: no grupos y grupos.
La información está disponible para el Total Nacional, por modelo de declaración (Grupo o No Grupo), por el signo del Resultado Contable y por el signo de la Base Imponible.
La información numérica se acompaña de gráficos representativos.
El apartado de Ajustes al Resultado Contable contiene los aumentos y disminuciones al resultado contable que proceden de ajustes técnicos (diferencias de criterio fiscal y mercantil o los derivados de convenios internacionales) y ajustes que operan minorando la base imponible del impuesto. En el caso de los grupos consolidados fiscales los datos se obtienen de los que declaran sus empresas en el modelo 200. La información está disponible desagregada a su vez por tipo de entidad (total, entidades de crédito, aseguradoras, sociedades no financieras) y por sectores; cada una de estas agrupaciones diferenciando entre entidades no pertenecientes a grupo y entidades de grupo consolidado fiscal.
Bajo la rúbrica de Liquidación se presenta la información de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades a partir de la base imponible y hasta el importe líquido a ingresar o devolver al Estado. Especial interés poseen la cuota íntegra y la cuota líquida positiva, las deducciones por doble imposición, las bonificaciones y las Otras deducciones, con importancia especial de las Deducciones con límite del Capítulo IV Título VI de la LIS (bloque que es objeto de un detalle especial en el apartado de Principales Variables), Deducciones del art 42 LIS y art. 36 ter Ley 43/95 y las Deducciones por Inversión en Canarias. La información está disponible desagregada a su vez por tipo de entidad (total, entidades de crédito, aseguradoras, sociedades no financieras) y por sectores; cada una de estas agrupaciones diferenciando entre entidades no pertenecientes a grupo y entidades de grupo consolidado fiscal.