10.11.2. Por familias con 2 hijos e hijas
Cuantía y requisitos
250 euros cuando el contribuyente tenga, en la fecha de devengo del impuesto, dos hijos que generen el derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.
500 euros cuando el contribuyente o alguno de los hijos que den derecho a aplicar esta deducción tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
Se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65% cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado, así como en los casos de dependencia severa y gran dependencia, siempre que estas últimas situaciones fuesen reconocidas por el órgano competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Cuando más de un contribuyente tenga derecho a la aplicación de la deducción respecto de los mismos descendientes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Incompatibilidad
Esta deducción es incompatible con la deducción "Por familia numerosa"
Cumplimentación
Si tiene derecho a esta deducción marcará la casilla habilitada con este fin.
Si el contribuyente o alguno de los descendientes que dan derecho a aplicar la deducción tienen reconocido la situación de dependencia severa o gran dependencia marcará la casilla correspondiente.
Si para alguno de los hijos ambos progenitores tienen derecho a esta deducción o a la deducción "Por familia numerosa" (con independencia de que apliquen o no cualquiera de ellas) lo reflejará en la casilla correspondiente.
En el caso de que el contribuyente tuviera derecho a esta deducción y a la deducción "Por familia numerosa" el programa calculará la más favorable.