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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024

10.13.13. Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad

Cuantía

600 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos y condiciones

  • El acogido debe convivir con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación.

  • El acogido no debe estar ligado al contribuyente por un vínculo de parentesco de consanguinidad o de afinidad de grado igual o inferior al cuarto.

  • El acogimiento no debe dar lugar a la obtención de ayudas o subvenciones de la Comunidad de Autónoma de la Región de Murcia.

  • El contribuyente deberá obtener certificado expedido por el órgano competente de la Administración regional acreditativo de que ni el contribuyente ni la persona acogida, han recibido ayudas de la Comunidad de Murcia vinculadas al acogimiento,

  • El contribuyente deberá acreditar la convivencia en el domicilio de las personas acogidas mediante el correspondiente certificado de empadronamiento.

  • Cuando la persona acogida genere el derecho a la deducción para más de un contribuyente simultáneamente, el importe de la misma se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos si optaran por tributación individual.

Cumplimentación

Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Del titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de personas acogidas que dan derecho a la deducción teniendo en cuenta que la misma persona sólo puede consignarse en una de las dos casillas.

En caso de matrimonio cuando ambos cónyuges tengan derecho a la deducción y no hayan optado por una captura de datos individual cumplimentarán en la casilla "Común" el número de personas acogidas que dan derecho a la deducción.

En el resto de los casos cumplimentará la casilla "Titular" indicando, además, el número de personas con derecho a la deducción.