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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024

10.2.2. Por nacimiento o adopción de un hijo en atención al grado de discapacidad

  1. En régimen general

    Cuantía y requisitos

    El nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% otorgará el derecho a una deducción de 200 euros.

    El grado de discapacidad deberá estar referido a la fecha de devengo del impuesto (normalmente a 31 de diciembre) y reconocido mediante resolución expedida por el órgano competente en materia de servicios sociales.

    Cuando los hijos que den derecho a la deducción convivan con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales.

  2. En régimen de fiscalidad diferenciada

    Cuantía y requisitos

    El nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% otorgará el derecho a una deducción de 240 euros.

    Los contribuyentes deberán cumplir los mismos requisitos que en el régimen general y, además, los que se indican en el apartado 10.2.1.1.

Compatibilidad

Esta deducción es compatible con las deducciones "Por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos".

Cumplimentación

Si ha tenido la residencia en asentamientos rurales con alto riesgo de despoblación o con riesgo extremo marcará la casilla habilitada con este fin.

Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Del titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de hijos nacidos o adoptados en el año que dan derecho a la deducción teniendo en cuenta que el mismo hijo sólo puede consignarse en una de las dos casillas.

En caso de matrimonio, si ambos cónyuges tienen derecho a la deducción, deberán indicar en la casilla "Común" el número de hijos nacidos o adoptados en el año con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

En otro caso, o cuando existiendo matrimonio hayan optado por una captura de datos individual, el número de hijos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. se reflejará en la casilla "Del titular". En este supuesto, adicionalmente, deberá indicar si los hijos conviven o no con ambos progenitores.