10.3.24. Por descendientes en caso de fallecimiento de progenitor como consecuencia de accidentes laborales
Cuantía
1.000 euros por cada descendiente.
Requisitos y condiciones
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Que se haya producido el fallecimiento del otro progenitor como consecuencia de un accidente laboral. La deducción es aplicable a los supuestos en que el fallecimiento se ha producido con anterioridad al 1 de enero de 2024.
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Que los descendientes generen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.
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La deducción puede ser aplicada en los supuestos en que ambos progenitores estaban casados o registrados como parejas de hecho o en situaciones distintas a las anteriores (separación o divorcio con guardia o custodia compartida o exclusiva de uno de los progenitores, parejas no registradas, etc.).
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Para aplicar la deducción solo se tomarán en consideración los descendientes comunes con la persona que generó en su momento derecho a ella (el progenitor difunto), y por tanto no se computarán ni los descendientes a cargo del progenitor sobreviviente en el momento del fallecimiento y que no sean del progenitor difunto (salvo que hubieran sido adoptados por este), ni los nuevos descendientes nacidos con posterioridad fruto de otras uniones de hecho o de derecho.
Cumplimentación
Consignará el número de descendientes con derecho a la deducción.