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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2024

10.4.22. Por determinados gastos relativos a personas mayores de 65 años o a personas con discapacidad

Esta deducción no resulta aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos antes del 13 de diciembre.

Cuantía

El 40%de los gastos satisfechos durante el ejercicio por razón de estancias en residencias o centros de día, servicio de custodia, servicio de comedor y actividades en los centros de día o contratación laboral de una persona para cuidar a:

  • Contribuyentes mayores de 65 años.

  • Contribuyentes con un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior con derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad.

  • Ascendientes del contribuyente mayores de 65 años que den derecho al mínimo por ascendientes.

  • Ascendientes o descendientes con un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior siempre que den derecho a aplicar el mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes.

El límite de la deducción es de 660 euros por persona que da derecho a aplicar la deducción.

Requisitos y condiciones

  • La base imponible total del contribuyente no puede superar el importe de 33.000 euros en el caso de tributación individual y de 52.800 euros en el de tributación conjunta.

  • El pago de los gastos que dan derecho a la deducción se hará mediante tarjeta de crédito o de débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito.

  • En el caso de deducción de los gastos de la contratación laboral de una persona, esta tiene que estar dada de alta en la Seguridad Social.

  • Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a aplicar esta deducción respecto de ascendientes comunes, cada uno de los contribuyentes se podrá aplicar la deducción íntegramente.

  • Cuando dos contribuyentes tengan derecho a aplicar esta deducción respecto de descendientes comunes a su cargo y opten por la declaración individual, se prorrateará entre los contribuyentes por partes iguales.

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible respecto a la misma persona con la deducción "Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación".

Cumplimentación

Deberá consignar: 

  • Los importes satisfechos por los servicios prestados al contribuyente mayor de 65 años o con discapacidad.

  • Los importes satisfechos por los servicios prestados a los ascendientes mayores de 65 años.

  • El NIF de la persona contratada, Residencia o Centro de día en el que se prestan los servicios al contribuyente o a los ascendientes.

  • Los importes satisfechos por los servicios prestados a los ascendientes con discapacidad

  • Los importes satisfechos por los servicios prestados a los descendientes con discapacidad.

  • El número de personas con derecho a aplicar la deducción.

  • El NIF de la persona contratada, Residencia o Centro de día en el que se prestan los servicios a los ascendientes o descendientes con discapacidad.