Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español (N)
(Art. 38 del Real Decreto Legislativo5/2004, de 5 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la renta de no residentes)
- Original y fotocopia del documento que acredite la existencia de la entidad y justificación de su presencia en España. Se entenderán con presencia aquellas entidades que realicen una actividad económica en territorio español, y toda o parte de ésta se desarrolle, de forma continuada o habitual, mediante instalaciones o lugares de trabajo de cualquier índole, o actúe en él a través de un agente autorizado para contratar, en nombre y por cuenta de la entidad.
- Original y fotocopia del documento que acredite el nombramiento de un representante con residencia en España.
- Fotocopia del NIF del representante, que será la persona que firme la declaración censal. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración Tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIF, siempre que autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad.