Saltar al contenido principal
Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Entidades aseguradoras y reaseguradoras

(Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.) [En vigor desde el 1 de enero de 2016]

Deberán adoptar una de las formas recogidas en el artículo 27 de la Ley y en su denominación se incluirán las palabras «seguros» o «reaseguros», o ambas a la vez. También se incluirán las expresiones «mutuas de seguros», «cooperativas de seguros» y «mutualidades de previsión social», por las entidades de esa naturaleza.

  • Original y fotocopia de la escritura pública de constitución, en la que se recogen los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la entidad.
  • Certificado de inscripción de la entidad en el Registro Mercantil y en su caso, en el Registro de Cooperativas correspondiente.
  • Certificado de Inscripción en el Registro administrativo de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad.
  • Fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal, que ha de ser un representante de la sociedad. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración Tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIF, siempre que autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad.
  • Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal (no será necesario si figura como tal en la escritura de constitución o en los estatutos).