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Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Lugar y forma de presentación

Nota aclaratoria importante:

Todas las sociedades y entidades tienen la obligación de relacionarse con la Administración por medios electrónicos (obligación que fue introducida por la Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo y que entró en vigor el 2/10/2016)

Ahora bien, el sistema de PREDECLARACIÓN (es decir, la utilización del formulario on line "Cumplimentación, validación y obtención de un PDF para su impresión " disponible en sede electrónica de la AEAT) es considerado un medio electrónico de presentación de documentos al amparo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y su Reglamento aprobado por 1671/2009, de 6 de noviembre. Esto implica que esta forma de presentación no se ve afectada por la Ley 39/2015, teniendo en cuenta la especialidad de las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos.

Por tanto, la PREDECLARACIÓN del Modelo 036 es una forma de presentación electrónica correcta y ajustada a normativa en el caso de comunidad de bienes.

Una vez cumplimentado este formulario on line, se debe validar y generar un PDF a través del servicio de impresión de la AEAT. Este PDF debe imprimirse y, para que la presentación se haga efectiva, se debe presentar físicamente, en el plazo máximo de un mes desde su impresión, en la Administración o, en su defecto, Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular de la declaración en el momento de su presentación.

Por su parte, la presentación telemática, vía Internet, del modelo censal, con certificado electrónico, sólo es exigible a  las entidades que tengan la condición de Administración Pública, o bien estén adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o bien tengan la forma de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada, así como en el supuesto de que el modelo 036 se utilice para solicitar la inscripción en el registro de devolución mensual.

Por lo tanto, una comunidad de bienes puede utilizar el sistema de PREDECLARACIÓN, pues se considera medio electrónico de presentación, o bien si así lo desea, efectuar la presentación telemática con certificado electrónico reconocido, en este último supuesto sin necesidad de desplazarse físicamente a la oficina de la AEAT correspondiente.

Forma de presentación

  • En impreso
    • PDF descargado o suministrado en la Oficina de la AEAT para cumplimentación a mano
    • Borrador PDF cumplimentado y validado en sede electrónica
  • Telemática
    • Con certificado electrónico.

       Obligatorio: Administración Pública, adscritos a DCGC o UCGC, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, solicitud inscripción en REDEME, libros registro en sede electrónica, facturas por destinatario o tercero

    • Con Clave PIN.

       Alternativa para personas físicas que no deban utilizar obligatoriamente la vía telemática con certificado electrónico

Lugar de presentación

  • En impreso (mediante entrega directa o por correo certificado)
    • Personas o entidades residentes o establecidas
      • Oficina del domicilio fiscal del titular de la declaración
      • Oficina del domicilio fiscal del representante
    • Personas o entidades no residentes o no establecidas
      • Oficina del domicilio fiscal del representante
      • Oficina del domicilio del lugar donde operen, en caso de no haber nombrado representante
  • Telemática
    • Sede electrónica de la AEAT
    • Lugar de presentación
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  2. Mis datos censales