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Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Opción por el régimen fiscal especial

El régimen es voluntario, de tal manera que pueden aplicarlo las entidades que cumplan los requisitos necesarios, opten por él y comuniquen la opción a la Administración tributaria a través del modelo 036 de declaración censal.

La opción por el régimen fiscal especial se comunica a través de las casillas 651 y 653 del modelo 036.

Una vez ejercitada la opción, el régimen especial se aplica al período impositivo que finalice con posterioridad a la fecha de presentación del modelo 036 en que se contenga la opción y a los sucesivos, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y la entidad no renuncie al régimen.

Respecto de los impuestos que no tienen período impositivo, el régimen especial se aplica a los hechos imponibles producidos durante los períodos impositivos mencionados en el párrafo anterior.