EAR constituidas en España con actividad económica
Las entidades en régimen de atribución de rentas (EAR) constituidas en España (casilla 70), que desarrollen actividades empresariales o profesionales, deberán presentar una única declaración censal de alta (casilla 111), en cuya página 8 cumplimentarán la relación de socios, miembros o partícipes, excepto las entidades que tengan la condición de comunidades de propietarios constituidas en régimen de propiedad horizontal.
En este sentido, consignarán:
- NIF (casilla 800),
- Apellidos y nombre, razón o denominación social (casilla 801)
- Indicación de su cuota o porcentaje de participación (casilla 818) y de atribución (casilla 859) si es distinto del anterior
Cuando se produzca alguna variación relativa a sus miembros, las citadas entidades sin personalidad jurídica deberán comunicar mediante la presentación de una declaración censal de modificación (casilla 139 y casillas de la página 8 que deban ser modificadas), las variaciones relativas a sus comuneros o partícipes, aunque hayan obtenido un número de identificación fiscal definitivo.
Por su parte, cada socio, miembro o partícipe deberá presentar una declaración censal para comunicar las obligaciones tributarias que se deriven de su condición de miembro de tales entidades.