Límites comunes y obligaciones formales para aplicar las deducciones
Normativa: Art. 18 Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril
Límites comunes
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La suma de las deducciones aplicadas sobre la cuota íntegra autonómica en ningún caso podrá superar el importe de la misma.
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Sobre un mismo bien, por parte de un mismo contribuyente, no se podrá aplicar más de una de las deducciones autonómicas.
En consecuencia, no pueden aplicarse simultáneamente las deducciones autonómicas por inversión en vivienda habitual y por obras de adecuación de la vivienda habitual cuando los importes que las originan estén referidos a una misma vivienda, aunque las cantidades invertidas sean diferentes.
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Las bases de las deducciones se minorarán en el importe de las ayudas públicas concedidas en el período impositivo, que estén exentas en el IRPF y cubran la totalidad o parte de los gastos que generan el derecho a la deducción.
Obligaciones formales
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Los contribuyentes del IRPF están obligados a conservar durante el plazo de prescripción los justificantes y documentos que acrediten el derecho a disfrutar de las deducciones de la cuota que hayan aplicado efectivamente.
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Mediante Orden del Consejero de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia tributaria se podrán establecer obligaciones de justificación e información para el control de las deducciones a que se refiere el apartado anterior.