Por gastos traslado por razón de estudios en municipios de zonas rurales de Cantabria calificadas con reto demográfico
Normativa: Art. 2.11.4 Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, por la Comunidad Autónoma de Cantabria
Cuantía de la deducción
200 euros por cada hijo que cumpla los requisitos que especifican en el apartado siguiente.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
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Que la residencia habitual del contribuyente se encuentra situada en municipios de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico.
Atención: se entiende que cumplen este requisito aquellos municipios o ayuntamientos en los que se den alguno de los siguientes criterios objetivos:
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Población inferior a 2.000 habitantes.
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Densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado.
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Tasa de envejecimiento superior al 30 por 100.
A estos efectos debe tenerse en cuenta la Orden HAC/11/2024, de 27 de junio, por la que se aprueba la relación de municipios que tienen la condición de zona rural de Cantabria con reto demográfico para el ejercicio 2024 (BOC 05-07-2024).
Para determinar el concepto de residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma se estará a lo dispuesto por el artículo 72 de la Ley del IRPF.
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Que sus hijos cursen estudios de bachillerato, formación profesional o enseñanzas universitarias fuera del municipio.
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Que los descendientes que generen el derecho a la deducción:
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En caso de tributación individual la deducción se prorrateará por mitad a cada progenitor.
Procederá el prrorrateo de la deducción al progenitor con derecho a su aplicación, cuando el progenitor restante no resida en un municipio de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico ni tenga por lo tanto derecho a su aplicación.