Por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado
Normativa: Art. 612-5 Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos
Cuantía de la deducción
El importe de los intereses pagados en el período impositivo que correspondan a los préstamos concedidos a través de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para la financiación de estudios de máster y de doctorado.
Condiciones para la aplicación de la deducción
La aplicación de esta deducción queda condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente de los presupuestos de hecho y de los requisitos que determinan su aplicabilidad.
Importante: los contribuyentes con derecho a la deducción deberán consignar en la casilla [1928] del Anexo B.5 de la declaración el número de identificación del préstamo concedido para la financiación de sus estudios.