Destinada a los enfermos de ELA
Normativa: Art. 32.18 Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos
Cuantía y límite máximo de la deducción
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El 50 por 100 de las gastos del contribuyente, del cónyuge y de aquellas personas que den derecho a la aplicación del mínimo personal y familiar relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la esclerosis lateral amiotrófica.
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El límite máximo de deducción aplicable es de 2.000 euros anuales.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
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Exclusivamente darán derecho a esta deducción las cantidades desembolsadas por los siguientes conceptos:
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Los servicios prestados por profesionales sanitarios.
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Los tratamientos sanitarios prescritos por profesionales sanitarios.
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Los destinados a paliar los síntomas de la enfermedad.
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La deducción quedará condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura completa u ordinaria, en los términos previstos por la legislación sobre las obligaciones de facturación, sin que en ningún caso tenga tal condición la factura simplificada.
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Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas y el límite de la misma se prorratearán por partes iguales.