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Manual práctico de Renta 2024. Tomo 1

Individualización de los rendimientos del trabajo

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley del IRPF, los rendimientos del trabajo corresponden exclusivamente a la persona que, con su trabajo, haya generado el derecho a percibirlos.

No obstante, las pensiones, haberes pasivos y demás prestaciones percibidas de los sistemas de previsión social corresponderán íntegramente a la persona en cuyo favor estén reconocidos.

Por tanto, las prestaciones derivadas de los planes de pensiones tributan en el IRPF exclusivamente en sede del beneficiario, como rendimientos del trabajo, y por el importe total percibido.