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Manual práctico de Renta 2024. Tomo 1

Rendimientos del capital inmobiliario

Reducciones del rendimiento neto

Reducción por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda

 La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda (BOE de 25 de mayo) modifica el artículo 23.2 de la Ley del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, de modo que, con efectos desde 1 de enero de 2024, a los contratos suscritos desde el 26 de mayo de 2023 les resultan de aplicación los nuevos porcentajes de reducción, que son:

  • El 90 por 100, en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5 por 100 sobre el contrato anterior.

  • El 70 por 100 cuando, no cumpliéndose los requisitos exigidos para la aplicación de la reducción del 90 por 100, concurra alguna de las circuntancias siguientes: que se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas, o bien, se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

  • El 60 por 100 sobre el rendimiento neto cuando, no procediendo ninguna de las anteriores, se hubiesen efectuado obras de rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato

  • Y, el 50 por 100, en cualquier otro caso.

No obstante, para contratos anteriores se introduce una disposición transitoria trigésima octava que mantiene para éstos la reducción del 60 por 100 prevista en la redacción vigente a 31 de diciembre de 2021.