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Orientaciones 2016 OEA

2.III.4. Cartas de seguridades y garantías de las sociedades matrices (o de otra sociedad del grupo)

Las cartas de seguridades son documentos expedidos por una sociedad matriz (u otra sociedad del grupo) a fin de reconocer el planteamiento aplicado por una filial en una determinada operación para la obtención de financiación. Las cartas de seguridades se emiten cuando la filial tiene activos netos negativos y se utilizan para corroborar que, como se indica en el dictamen de los miembros del consejo de administración y en el informe de auditoría, la empresa posee los recursos financieros adecuados para procurar la continuidad de sus actividades. Estos documentos pueden limitarse a un determinado período de tiempo. Constituyen una declaración escrita de la intención de seguir prestando apoyo financiero a la empresa solicitante, pero no son necesariamente vinculantes desde el punto de vista legal.

Al juzgar la solvencia financiera acreditada de una filial, deberá tenerse en cuenta que esta puede operar bajo garantía de su sociedad matriz, y las autoridades aduaneras podrán examinar las cuentas de esta última con el fin de garantizar que disponga de los medios necesarios para proporcionar ayuda a la filial.

Conviene señalar que las cartas de seguridades no suelen constituir acuerdos contractuales legalmente vinculantes y, por tanto, tampoco representan una garantía ejecutable con arreglo a la ley. Cuando el solicitante depende de la ayuda financiera de una empresa matriz (o de otro grupo) para cumplir el criterio de solvencia financiera acreditada, las autoridades aduaneras deberán asegurarse, en su caso, de que tal ayuda se proporciona con arreglo a un acuerdo contractual legalmente vinculante. Si se requiere una garantía como prueba del apoyo de la sociedad matriz (o de otra empresa del grupo), tal garantía deberá ser vinculante con arreglo a la legislación nacional de los Estados miembros en los que se acepte; de lo contrario, no podrá tenerse en cuenta al evaluar el cumplimiento del criterio. Para constituir un documento contractual legalmente vinculante, deberá contener el compromiso de atender de manera irrevocable e incondicional las obligaciones asumidas por la filial. Una vez suscrito, ha de ser responsabilidad legal del firmante el pago de cualquier deuda aduanera que no haya pagado el solicitante.