Plazos de presentación de declaraciones con domiciliación bancaria
El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo. Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración.
Los plazos generales y de domiciliación bancaria para cada modelo, correspondientes a las declaraciones cuyo vencimiento ordinario se produzca entre enero y febrero de 2025, pueden ser consultados a través del siguiente enlace: Agencia Tributaria: Plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria
A continuación, se indican los plazos de presentación generales y de domiciliación bancaria y los nuevos plazos de presentación y de domiciliación bancaria correspondientes a los modelos cuyo vencimiento se encuentre entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024 y su presentación pueda extenderse hasta el 30 de enero de 2025 o el 5 de febrero de 2025 para los contribuyentes afectados por la DANA que cumplan los requisitos exigidos:
MODELO |
PLAZO DOMICILIACIÓN DANA |
PLAZO PRESENTACIÓN DANA |
PLAZO ORDINARIO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2024 |
PLAZO ORDINARIO DE PRESENTACIÓN AÑO 2024 |
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Modelo 102 |
Hasta 5 de febrero de 2025 |
Hasta 30 de septiembre (para contribuyentes que hayan domiciliado el primer plazo) |
Hasta 5 de noviembre |
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Modelos 202 y 222 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de abril, octubre y diciembre
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Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre
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Modelo 210 (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles) |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Rentas imputadas de inmuebles urbanos: Rentas de 2023: desde el 1 de enero hasta al 26 de diciembre de 2024 |
Rentas imputadas de inmuebles urbanos: año natural siguiente al de devengo Rentas de 2023: desde el 1 de enero hasta al 31 de diciembre de 2024 |
Modelos 303 y 353 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de cada mes, para todos los meses
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Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 30 de cada mes, para todos los meses excepto:
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Modelo 430 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses
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Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes
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Modelo 490 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre
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Obligación trimestral Con carácter general: presentación durante los meses de enero, abril, julio y octubre
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Modelos 561, 562 y 563 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre
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Obligación trimestral Con carácter general: presentación del 1 al 20 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre
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Modelos 566 y 581 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 del mes siguiente en que se han producido los devengos
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Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 del mes siguiente en que se han producido los devengos
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Modelo 583 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Pagos fraccionados Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural
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Pagos fraccionados Con carácter general: 1 al 20 de febrero, mayo, septiembre y noviembre, respecto de los correspondientes a los 3, 6, 9 y 12 meses del año natural
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Modelo 583 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Autoliquidación anual 2023
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Autoliquidación anual 2023
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Modelo 584 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de junio y diciembre
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Pagos fraccionados Con carácter general: 1 al 20 de los meses de junio y diciembre
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Modelo 588 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
1 al 27 de noviembre |
1 de noviembre al 2 de diciembre |
Modelo 592 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación mensual Con carácter general: domiciliación del 1 al 15 de cada mes para todos los meses
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Obligación mensual Con carácter general: presentación del 1 al 20 de cada mes
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Modelo 593 |
Hasta 20 enero de 2025 |
Hasta 30 enero de 2025 |
Obligación trimestral Con carácter general: domiciliación del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre
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Obligación trimestral Con carácter general: presentación durante los meses de enero, abril, julio y octubre
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