Acta de la reunión
ACTA DE LA REUNIÓN DEL PLENO DEL FORO DE ASOCIACIONES Y
COLEGIOS DE PROFESIONALES TRIBUTARIOS
CELEBRADA EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2019
Presidente del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
D. Jesús Gascón Catalán
Miembros en representación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Director del Departamento de Recaudación
D. Guillermo Barros Gallego
Directora del Departamento de Aduanas e II. EE.
D.ª Pilar Jurado Borrego
Director del Departamento de Informática Tributaria
D. Manuel Alfonso Castro Martínez
Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D.ª Rosa María Prieto del Rey
Director del Servicio Jurídico
D. Diego Loma-Osorio Lerena
Delegado Especial de Cataluña
D. Isidoro García Millán
Subdirectora General de Técnica Tributaria del Departamento de Gestión Tributaria
D.ª Mercedes Jordán Valdizán
Subdirector General de Ordenación Legal del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria
D. Marcos Álvarez Suso
Miembros en representación de las Asociaciones y Colegios
Asociación Española de Asesores Fiscales
Director del Gabinete de Estudios
D. Arturo Jiménez Contento
Vocal Responsable de Estudios e Investigación
D. Javier Gómez Taboada
Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España
Secretario de la Junta Directiva
D. José Antonio Fernández García-Moreno
Vocal de la Junta Directiva
D. Antonio Ibarra López
Consejo General de la Abogacía Española
Vicedecano del Colegio de Abogados de Baleares
D. Rafael Gil March
Consejo General de Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas
Secretario del Consejo
D. Manuel López Frías
Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España
Responsable del Área Fiscal del Consejo General
D.ª Pilar Otero Moar
Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D. José Castaño Semitiel
Vocal de la Comisión de Asuntos Fiscales
D. José Ruiz Sánchez
Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales
Presidente
D. Joan Torres Torres
Vicepresidente Segundo
D. Adolfo Jiménez Ramírez
Gabinete de Gestores Administrativos y Asesores Fiscales
Abogada
D.ª Raquel Cobos Casero
Registro de Economistas Asesores Fiscales
Director del Servicio de Estudios
D. Rubén Gimeno Frechel
Secretario Técnico
D. Luis del Amo Carbajo
Secretaría Técnica del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
Subdirectora General de Comunicación Externa del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
D.ª Dolores Carreño Beltrán
En Madrid, a 26 de noviembre de 2019, se celebra la decimosexta reunión plenaria del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, asistiendo las personas reseñadas, y de acuerdo con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
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Apertura por el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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Aprobación del acta de la sesión celebrada el 2 de julio de 2019.
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Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo.
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Procedimiento de adhesión al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
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Otras consideraciones, ruegos y preguntas.
1. Apertura por el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Abre la sesión D. Jesús Gascón Catalán, Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Presidente del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, quien, tras agradecer la asistencia a todos los presentes, informa de los puntos que se van a tratar en la reunión y añade que en el apartado dedicado a “Otras consideraciones, ruegos y preguntas” va a realizar una exposición sobre el estado de situación del “Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023” que, aunque aún no tiene fecha para su publicación, está prácticamente ultimado.
2. Aprobación del acta de la sesión celebrada el 2 de julio de 2019
El Presidente del Foro cede la palabra a D.ª Dolores Carreño Beltrán, Subdirectora General de Comunicación Externa del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales y Secretaria Técnica de este Foro, quien manifiesta que el acta de la decimoquinta sesión del pleno fue remitida a las Asociaciones y Colegios con anterioridad a esta reunión, habiéndose recibido observaciones por parte del Consejo General de Graduados Sociales. Las mismas se incorporaron al acta y se comunicó a las Asociaciones y Colegios la parte objetada. Añade que, hasta el momento, no se ha recibido ningún comentario. Dirigiéndose a los asistentes pregunta si alguien quiere realizar alguna observación. Dado que no se formula ninguna, declara aprobada el acta de la 15ª sesión plenaria que tuvo lugar el pasado 2 de julio.
Para finalizar, D.ª Dolores Carreño informa que el acta aprobada en este Pleno se publicará en la página web de la Agencia Tributaria, en el espacio reservado a este Foro.
A continuación, el Director General de la Agencia Tributaria da paso al tercer punto del orden del día y cede la palabra a D.ª Rosa María Prieto del Rey, Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales.
3. Información sobre los temas tratados en los grupos de trabajo
D.ª Rosa María Prieto toma la palabra y señala que, en la reunión del grupo de trabajo de novedades en normativa, modelos y campañas, que tuvo lugar el pasado 23 de octubre, se trató, entre otras cuestiones, el tema del procedimiento de adhesión al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios, así como al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios. Respecto al primero de ellos, por parte de la Agencia Tributaria se planteó que, dado que tanto la organización como el funcionamiento y forma jurídica de cada Asociación y Colegio es diferente, se necesitaba que las entidades comunicasen qué órgano en su organización sería el competente para adoptar la decisión de adherirse. Asimismo, se señaló que la Agencia Tributaria necesitaba conocer además el número de asociados o colegiados de cada entidad a fin de establecer tramos, en función del tamaño, que delimitasen el número de consultas que cada una podía plantear. Añade la Directora del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales que desde la Secretaría Técnica de este Foro se solicitó la información y que, en estos momentos, ya han contestado algunas Asociaciones y Colegios, pero no todos. Por otro lado, en cuanto al procedimiento de adhesión al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios, en la reunión hubo una posición unánime en que un requisito obligatorio tenía que ser la pertenencia del profesional a la Asociación o Colegio correspondiente.
D.ª Rosa María Prieto cede la palabra a D.ª Mercedes Jordán Valdizán, Subdirectora General de Técnica Tributaria del Departamento de Gestión Tributaria, que comienza su exposición señalando que va a comentar la actividad del grupo de trabajo de novedades en normativa, modelos y campañas que afecta a su Departamento. Así, indica que las cuestiones más destacadas fueron las siguientes:
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Modificaciones normativas y técnicas para la próxima campaña de informativas: se informó de que la mayoría de los cambios eran esencialmente técnicos y orientados, fundamentalmente, a mejorar los servicios de asistencia al contribuyente, sobre todo, en la campaña de renta. Así, en relación con los diferentes modelos, sin entrar en detalle, se destacó que respecto al modelo 198, declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios, se habían recibido numerosas observaciones al proyecto de orden, algunas de las cuales se habían incorporado a la misma, como era el caso del diferimiento de su entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2021. Por su parte, en relación con el modelo 184, entidades en régimen de atribución de rentas, se informó de que se iba a incluir un mayor desglose de la información, tanto para actividades económicas en estimación directa, como para los rendimientos del capital inmobiliario.
Por otro lado, en cuanto a las modificaciones técnicas, se señaló que el objetivo era mejorar la calidad de la información suministrada y se destacaron las siguientes:
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Extensión del sistema TGVI on line: se comentó que el sistema no había tenido grandes incidencias en su primer año de implantación, habiéndose solventado la mayoría en el período de pruebas. Así, se comunicó que para 2019 se extendía su uso al resto de declaraciones informativas. D.ª Mercedes Jordán añade que desde la primera semana de noviembre está disponible un portal de pruebas, a fin de que se realicen las validaciones oportunas y se compruebe que se va a poder realizar la cumplimentación de los modelos en el período de presentación.
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Eliminación de las predeclaraciones por SMS de los modelos 190, 347 y 390: se indicó que su supresión no debería generar ningún problema, ya que tenía un uso muy residual. De hecho, en el trámite de información pública no se había recibido ninguna observación en relación con la cuestión.
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Impuesto sobre Sociedades: se comunicó que la Agencia Tributaria estaba abordando una serie de trabajos tendentes a implantar en la campaña de 2019 un servicio de asistencia al obligado tributario, consistente en el suministro de determinados datos fiscales en poder de la Administración, de forma análoga a como se hace en la campaña anual del IRPF.
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Modificaciones normativas que afectan al modelo 349, declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. En el grupo de trabajo se informó de lo siguiente:
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Las modificaciones obedecen a la transposición de la normativa comunitaria a la Ley y el Reglamento del IVA, lo que provoca que el modelo deje de tener un valor tan formal, para adquirir un papel más sustancial, en cuanto a control.
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Se suprime la presentación anual (última presentación en enero de 2020 respecto al ejercicio 2019).
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Se incorporan al modelo las reglas de tributación para los “acuerdos de venta de bienes en consigna”.
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Se simplifican las operaciones en cadena (entregas sucesivas entre diferentes empresarios cuando hay un único transporte intracomunitario).
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Se recalcan los requisitos para que las EIB estén exentas (NIF- IVA, actualización del VIES, declaraciones de operaciones intracomunitarias).
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A continuación D.ª Mercedes Jordán comenta que en la reunión del grupo de trabajo de análisis de medidas para favorecer la certeza jurídica, que tuvo lugar también el 23 de octubre, se informó sobre el estado de tramitación de la transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018 (Directiva sobre Intermediarios Fiscales o DAC 6). Señala que, en cuanto al proyecto de orden de aprobación de los modelos, el plazo para observaciones finalizó el pasado 11 de noviembre y que muchas de las recibidas excedían el ámbito de la propia orden, ya que hacían referencia a la propia Directiva. No obstante, añade que sí se van a recoger en la orden algunas de las aportaciones recibidas, ya que afectan a cuestiones del ámbito gestor de la propia orden, como ha sido el caso del plazo de presentación de los modelos.
Para finalizar, la Subdirectora General de Técnica Tributaria señala que, como todos recordarán, la Agencia Tributaria publicó en su página web un formato electrónico de libros registro de IVA con el objetivo de garantizar una actuación normalizada ajustada a los procedimientos establecidos por gestión tributaria. Así, añade que, como una medida más de asistencia y ayuda al contribuyente, este formato se ha extendido a los libros registro de IRPF y que el pasado 15 de noviembre se ha publicado un formato electrónico normalizado, de carácter voluntario, que permite cumplir conjuntamente con las obligaciones tanto en IVA como en IRPF.
D. Jesús Gascón agradece a D.ª Mercedes Jordán su intervención y cede la palabra a D. Marcos Álvarez Suso, Subdirector General de Ordenación Legal del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, para comentar la reunión del grupo de trabajo de análisis de medidas para favorecer la certeza jurídica, que tuvo lugar el 23 de octubre.
D. Marcos Álvarez inicia su exposición señalando que, de las cuestiones tratadas en la reunión de dicho grupo de trabajo, va a referirse brevemente a las siguientes:
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Nota sobre la posición de la AEAT en los procesos concursales: el Director del Departamento de Recaudación Tributaria comentó que la nota sobre la posición de la Agencia Tributaria en los procesos concursales había sido remitida a las Asociaciones y Colegios integrantes de este Foro, a fin de que realizasen las observaciones que estimasen oportunas. Por parte del Departamento de Recaudación se comunica que se han recibido diversas sugerencias, las cuales se agradecen, y que se están analizando por la Agencia Tributaria. Añade que la nota se publicará en la página web para conocimiento general a la mayor brevedad posible, a fin de cumplir con el compromiso de dar a conocer los criterios utilizados por la Administración en sus actuaciones.
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Aplicación del régimen especial del recargo de equivalencia del IVA: se recordó que, aunque este es un régimen obligatorio una vez que se presentan los supuestos subjetivos y objetivos, tanto para el minorista como para el mayorista, desde el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria se estaban detectando casos en los que no se estaba repercutiendo el recargo. Así, a fin de evitar estas situaciones, y dado que por parte de algunos mayoristas se había alegado que desconocían el carácter de minorista de sus clientes, se comunicó que la Agencia Tributaria estaba trabajando en la implementación de una consulta pública a los distribuidores, donde, introduciendo el NIF del cliente, el mayorista pudiera conocer si estaba tratando con un minorista y, así, poder aplicar el recargo correspondiente.
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Estado de tramitación de la transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018 (Directiva sobre Intermediarios Fiscales o DAC 6), así como del proyecto de orden por el que se aprueban los modelos de declaración relativos a la obligación de información establecida en la misma: la Dirección General de Tributos recordó las líneas generales de la obligación y comunicó que no existía aún un texto definitivo, ya que estaba pendiente del dictamen del consejo de Estado para su aprobación en Consejo de Ministros. Por su parte, el Departamento de Gestión Tributaria expuso, en líneas generales, los nuevos modelos (234, 235 y 236) que se iban a implementar para la declaración de la información relativa a los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por los intermediarios o, en su caso, los obligados tributarios.
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Cuestiones planteadas por las Asociaciones y Colegios:
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Disolución de las comunidades de bienes: se señaló que sería conveniente que la Agencia Tributaria revisase su interpretación en este tema y aclarase ciertos criterios jurídicos, diferenciando la disolución de comunidades de las permutas, a lo que desde el Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales se contestó que se estudiaría la propuesta.
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Comprobaciones relativas a los rendimientos de capital inmobiliario en el IRPF: se señaló que se estaban realizando comprobaciones por parte de la Administración en cuanto al valor a considerar como base de cálculo de la amortización de inmuebles, sobre todo, en el caso de que hubiesen sido adquiridos por herencia, así como a la aplicación de la reducción del 60 %, utilizando en este caso, en opinión de la Asociación, un criterio incorrecto. La representante del Departamento de Gestión Tributaria respondió que tomaba nota de la cuestión para tenerlo en cuenta de cara a futuras comprobaciones.
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Valoración de las transmisiones de participaciones / acciones no cotizadas en el IRPF: se comentó que al realizarse estas actuaciones por el Departamento de Gestión Tributaria y no por el Departamento de Inspección, el contribuyente recibía directamente una propuesta de liquidación, causándole una cierta indefensión, máxime cuando los Tribunales Superiores de Justicia ya han reiterado en sus pronunciamientos la situación excepcional del país en los últimos años, en los que no ha habido unas condiciones de mercado favorables. Por su parte, el Subdirector General de Asistencia Jurídica indicó que en estas comprobaciones se utilizaban los datos que constaban en las declaraciones del Impuesto de Sociedades, ya que se presume que estas reflejan la realidad patrimonial de la entidad.
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Avances en el procedimiento de colaboración entre la Agencia Tributaria y la Dirección General de Tributos para la resolución de consultas: se informó de que tanto para la Agencia Tributaria como para la Dirección General de Tributos es un tema de gran interés el ofrecer certidumbre jurídica a quien la solicite y con la mayor proximidad posible en el tiempo a la realización del hecho imponible. Así, se comunicó que los dos organismos estaban trabajando en el establecimiento de un sistema que permita agilizar, en cierta medida, la contestación de cierto tipo de consultas, pero que, de momento quedaban muchos aspectos por considerar.
En relación con esta cuestión, D. Marcos Álvarez añade que las novedades que se vayan produciendo se pondrán en conocimiento de los miembros de este Foro.
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Concurso de acreedores de la entidad Thomas Cook: se planteó la posibilidad de rectificar bases imponibles del IVA como consecuencia de la quiebra de dicha empresa, a lo que la Agencia Tributaria respondió que ni la legislación española ni la comunitaria permitían una flexibilidad ad hoc para contribuyentes concretos.
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Para finalizar su intervención, el Subdirector General de Ordenación Legal comenta que también en la reunión del grupo de trabajo se comentó la preocupación de la Agencia Tributaria en relación con ciertas noticias aparecidas en medios de comunicación, con información sesgada en cuanto a la actuación de la Administración. Asimismo, añade que considera de gran importancia la función de cooperación y transparencia de este Foro e invita a los presentes a utilizarlo como ámbito para manifestar cualquier discrepancia o malestar. Por otro lado, señala que agradece a las Asociaciones y Colegios todas las cuestiones que han aportado para el trabajo de los grupos del Foro y les insta a seguir haciéndolo.
D. Jesús Gascón agradece a D. Marcos Álvarez su exposición y ofrece la palabra a los presentes por si alguien desear hacer alguna observación o comentario. Dado que no se produce ninguna intervención, da paso al siguiente punto del orden del día.
4. Procedimiento de adhesión al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios y al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
El Director General comenta que, tras la aprobación de los dos Códigos en la sesión plenaria del pasado mes de julio, en las Asociaciones y Colegios, necesariamente, se ha tenido que abrir un período de reflexión respecto a la toma de posición en relación con los mismos. Señala que, por su parte, la intención de la Agencia Tributaria es poner en marcha cuanto antes los procedimientos de adhesión. D. Jesús Gascón añade que, a fin de conocer el estado de situación en cada uno de los colectivos, desea abrir una ronda de intervenciones.
En primer lugar, toma la palabra D. Joan Torres Torres, representante de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF), quien expone que en su federación cada entidad tiene sus particularidades y que, independientemente de que la federación sea el vínculo con este Foro, lo que se ha propuesto es que cada asociación se pueda adherir individualmente. Añade que le consta que la mayoría ya lo han debatido en sus juntas directivas y que son favorables a la adhesión, es decir, que solo les falta cumplimentar el trámite, y que quedan dos o tres que aún no han tenido tiempo de debatirlo.
A continuación, interviene D. Adolfo Jiménez Ramírez, representante también de FETTAF, quien añade que, aunque la adenda esté aprobada, no la comparte, ya que, en su opinión, el Código debiera ser uno, al que cada colectivo se adhiere o no, según su criterio. No obstante, señala que comprende que, de alguna manera, las entidades reacias a la aprobación del Código, tenían que contar con algún mecanismo que permitiese a sus asociados adherirse y no privarles de este derecho.
Seguidamente toma la palabra D. José Castaño Semitiel, representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, quien manifiesta que, primeramente, querría que se aclarase la cuestión de si los profesionales tributarios que no estuviesen colegiados o asociados iban a poder adherirse por su cuenta al Código. Añade que su colectivo ha manifestado en anteriores ocasiones su oposición en este punto.
D. Jesús Gascón le responde que uno de los requisitos para poder adherirse al Código es que las personas que lo deseen, deberán estar asociadas o colegiadas en una entidad que cuente con un código deontológico. Añade que, en el horizonte temporal del corto y medio plazo, la Agencia Tributaria solo se plantea un procedimiento abierto a las asociaciones y colegios aquí presentes y a sus asociados y colegiados.
A continuación, D. José Castaño Semitiel comenta que el planteamiento de su colectivo es que la aprobación de la adhesión la realice el pleno del Consejo Nacional, formado por todos los presidentes de España. Añade que, posteriormente, cada colegio provincial, a través de una adenda a la aprobación nacional, gestionará su adhesión. Asimismo, indica que sería deseable que el funcionamiento fuera similar al procedimiento de colaboración social, de manera que cada Colegio pudiera ocuparse, telemáticamente, de tramitar la adhesión de sus propios colegiados que así lo deseen. Es decir, si un colegiado desea adherirse, que lo haga a través de su colegio, de manera que, si deja de pertenecer al colegio, la entidad pueda, de alguna forma, comunicar este hecho y que se dé de baja su adhesión. Si, posteriormente, esta persona vuelve a pertenecer a otra asociación, que vuelva a tramitar la adhesión a través de la misma. Para finalizar, D. José Castaño señala que para finales de diciembre está prevista la celebración del pleno nacional donde cree que se aprobará sin incidencias la adhesión al Código, ya que ha sido un tema debatido internamente en profundidad.
Seguidamente interviene D.ª Raquel Cobos Casero, representante del Gabinete de Gestores Administrativos y Asesores Fiscales (GESAF), quien señala que su colectivo está en una situación parecida a la que han expuesto los representantes del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España. Añade que a final de año está previsto que el Consejo apruebe la adhesión y que el asociado que desee adherirse la tramite a través de su entidad.
A continuación, toma la palabra D.ª Pilar Otero Moar, representante del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, quien comienza su exposición señalando que el Consejo General ya ha aprobado la adhesión al Código y que, en estos momentos, se está debatiendo la cuestión en sus veintidós colegios territoriales a fin de plantear en sus respectivas juntas de gobierno, la aprobación de la adhesión. Añade que, en su opinión, la aprobación va a ser unánime. Por otro lado, señala que, en cuanto al procedimiento, sería deseable que el Consejo se pudiese ocupar de tramitar las solicitudes de adhesión de los colegios territoriales. Para finalizar pregunta si, en estos momentos, es posible ya solicitar la adhesión al Código.
D.ª Rosa María Prieto contesta que, dado que cada entidad tiene una forma distinta de funcionamiento, se está terminando de ultimar técnicamente el procedimiento y que en el mes de diciembre se comunicará el mismo a los presentes, además de publicar una nota en la página web. Añade que la centralización en el Consejo de las solicitudes de adhesión, para su posterior traslado a la Agencia Tributaría, no debería presentar ningún problema.
Seguidamente interviene D. Luis del Amo Carbajo, representante del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), quien comenta que su entidad tiene previsto celebrar un pleno a mediados de diciembre y que lo que se estaban planteando era que, una vez que se produjese la aprobación del Código, se siguiese un esquema parecido al del procedimiento de colaboración social, es decir, que cada colegio se ocupase de tramitar su propia adhesión y la de sus miembros, si bien con algún tipo de centralización en el Consejo General para las cuestiones informativas con los profesionales tributarios adheridos, ya perteneciesen a su entidad o a otra.
A continuación, toma la palabra D. Manuel López Frías, Secretario del Consejo General de Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas, quien señala que el Consejo de Agentes de Aduanas ya ha aprobado la adhesión al Código de Buenas Prácticas y que, en estos momentos, están transmitiendo su posición a los colegios que representan. Añade que el planteamiento que tienen en cuanto al procedimiento es que las solicitudes de adhesión, ya sean de un colegio o de sus colegiados, se centralicen en el Consejo General y, desde el mismo, se comuniquen a la Agencia Tributaria, es decir, que este órgano sea la vía de comunicación, a fin de tener controlada en todo momento la situación de la adhesión de todos los miembros de su colectivo. Añade que, no obstante, cada colegio se ocupará de dar el visto bueno a las solicitudes de sus miembros y las trasladará al Consejo.
Seguidamente interviene D. Antonio Ibarra López, representante de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE), para señalar que su entidad tiene carácter nacional y, al no existir la territorialidad, será la propia Asociación quien canalice la adhesión de sus miembros. Por otro lado, indica que quiere redundar en la cuestión planteada por el representante del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España sobre si los profesionales no colegiados ni asociados podrían adherirse al Código. Así, solicita que se recoja en el acta de esta sesión plenaria que la correcta interpretación del Código, tal y como está redactado en estos momentos, supone que un profesional que quiera adherirse al Código de Buenas Prácticas debe contar, obligatoriamente, con la tutela de la Asociación o Colegio al que pertenezca. Añade que, prácticamente, todas las entidades presentes opinan lo mismo.
D. Jesús Gascón le responde que la Agencia Tributaria ha interpretado que existe unanimidad en cuanto a esta cuestión por parte de todas las entidades. Añade que la posición de la Administración es que, en cuanto al Código para las Asociaciones y Colegios, se trata de un Código abierto a la adhesión de cualquier colectivo, puesto que puede haber asociaciones, presentes o futuras, que deseen hacerlo. No obstante, indica que, si alguna asociación quisiese adherirse y formase parte de alguna de las aquí presentes, desde la Agencia Tributaria se la reconduciría a fin de que lo tramitase a través de su entidad, si este fuera el criterio de funcionamiento adoptado por la misma. Así, cita, a modo de ejemplo, el Código de Buenas Prácticas Tributarias aprobado por unanimidad en el Foro de Grandes Empresas, el cual está constituido por 27 entidades. Sin embargo, indica que al Código de Buenas Prácticas Tributarias puede adherirse, como de hecho ocurre, cualquier otra empresa que así lo decida. En estos momentos se han adherido más de 140 entidades que, teniendo en cuenta que muchas son grupos, supone que en la actualidad haya más de 1.300 adhesiones. Por otro lado, el Director General señala que, en cuanto al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios, el punto que imposibilita su adhesión individualizada es que la misma carecería de la certificación de su sujeción a un código deontológico. Es decir, los profesionales que quieran adherirse al Código, necesariamente, han de pertenecer a una asociación o colegio que cuente con un código deontológico al que someter su actividad.
A continuación, D. Javier Gómez Taboada, representante de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), manifiesta que su asociación ha decidido no adherirse institucionalmente al Código para las Asociaciones y Colegios, sin perjuicio del pleno respeto a todos sus asociados que, individualmente, deseen adherirse al Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios.
Seguidamente toma la palabra D. Rafael Gil March, representante del Consejo General de la Abogacía Española, quien señala que, aunque su entidad votó en contra de la aprobación de los textos de los dos Códigos, ello no obsta para que los colegiados que quieran adherirse, puedan hacerlo. Añade que se suma a lo ya comentado en esta reunión y en las anteriores en relación con no permitir la adhesión de personas que no estén asociadas o colegiadas. Por otro lado, comenta que en estos momentos no le consta que el Consejo tenga previsto modificar la posición inicialmente adoptada, sin perjuicio de que algún colegio pueda decidir aprobar la adhesión, ya que la opinión del Consejo en este asunto no es vinculante para los colectivos que representa. Es decir, los diferentes colegios, o los colegiados, individualmente, pueden decidir solicitar la adhesión al respectivo Código.
Finalizadas las intervenciones de los representantes de las Asociaciones y Colegios, D. Jesús Gascón manifiesta que ha quedado claro en qué punto se encuentra cada una. Reitera que para la Agencia Tributaria no hay inconveniente en que la solicitud de adhesión sea a nivel central o territorial, según el criterio aprobado por los órganos de gobierno de la entidad, y que, en el momento en que se produzca la adhesión de la asociación o colegio, se abriría la posibilidad de que sus miembros se adhiriesen. Añade que, en el caso de las entidades que no deseen adherirse, habría que poner en funcionamiento la adenda, a fin de que sus asociados o colegiados pudieran hacerlo a título individual.
Toma la palabra D. José Castaño Semitiel y pregunta si, en relación con los Códigos hay alguna fecha prevista para el inicio del procedimiento de adhesión y si se podrá realizar telemáticamente.
Le contesta D.ª Rosa María Prieto que el calendario que baraja la Agencia Tributaria es que en el mes de diciembre ya puedan adherirse las Asociaciones y Colegios que deseen hacerlo y que a finales de enero de 2020 ya lo puedan hacer los profesionales tributarios a título individual. En cuanto al procedimiento de adhesión a los Códigos, se tramitará a través de la Sede electrónica. Añade que, no obstante, una vez que esté ultimado se informará del mismo a los presentes para que puedan realizar las observaciones que consideren que puedan contribuir a mejorarlo. Técnicamente, será como el resto de procedimientos recogidos en la Sede electrónica, aunque queda por determinar cómo se van a articular las bajas.
Seguidamente D. José Castaño pregunta si los datos sobre el número de asociados o colegiados se deben remitir a la Agencia Tributaria con algún desglose, a nivel de Consejo o a nivel de Colegio.
D.ª Rosa María Prieto responde que la finalidad de conocer el número de miembros es dimensionar cada asociación para conocer si puede ser más o menos representativa a efectos de establecer el número de consultas mensuales que puede realizar cada colectivo.
Seguidamente, D. Luis del Amo Carbajo plantea que, dado que los asociados y colegiados de entidades que no se vayan a adherir al Código sí van a poder hacerlo a título individual, de alguna manera esto va a suponer en la práctica la participación de estas entidades en la concreción y desarrollo de los compromisos recogidos en los Códigos, tales como el número de horas de formación, los estándares de calidad considerados aceptables, etc., así como servir de canal de comunicación entre la Agencia Tributaria y los miembros de sus colectivos. Así, D. Luis del Amo considera un tanto incoherente que haya asociaciones y colegios que no se adhieran al Código, pero, sin embargo, se vean implicadas directamente en cuestiones prácticas de su desarrollo.
D. Jesús Gascón contesta que la Agencia Tributaria presupone que todas las entidades representadas en este Foro disponen de un código deontológico, así como de manuales de conducta para sus miembros. Añade que la finalidad de la adenda es garantizar que, precisamente, la solicitud de adhesión de un profesional cuente con el respaldo de la correspondiente asociación o colegio, que, además, le va a servir como canal de comunicación con la Administración para sus consultas. No obstante, D. Jesús Gascón señala que se analizará la cuestión planteada.
Toma la palabra D. Javier Gómez Taboada, representante de AEDAF, quien manifiesta que está de acuerdo con las observaciones apuntadas por D. Jesús Gascón y que no ve incompatibilidad entre la falta de adhesión institucional de una asociación y la función de servir de canal de comunicación para sus asociados adheridos. Asimismo, comenta que en la Delegación Especial de Navarra ha habido una reunión informativa sobre los Códigos y que querría saber si se trata de una iniciativa particular de esta delegación o si se van a promover sesiones informativas por toda España. Por otro lado, solicita que conste en el acta de esta reunión la contrariedad de su Asociación por el formato utilizado por la Agencia Tributaria en su contestación a la solicitud de AEDAF del informe del Servicio Jurídico, relativo a la extensión de la exención de la prestación por maternidad para situaciones firmes. Añade que dicha contestación carecía de membrete, fecha y firma.
D. Jesús Gascón responde que, en relación con esta última cuestión, tiene que señalar que cuando, internamente, pide un informe que va a ser asumido por la Dirección General de la Agencia Tributaria, no exige ningún tipo de formalismo, utilizando habitualmente el correo electrónico. Sin embargo, cuando se tiene que aportar a un órgano externo, como puede ser un tribunal, sí que se cumplen los requisitos formales. Añade que el hecho de que el informe aludido estuviese en ese formato responde a simples razones de operatividad, pero que, no obstante, en el futuro, en los casos en que pueda existir una trascendencia externa, se estudiarán otras formas de cumplimentar las solicitudes. Por otro lado, en cuanto a las sesiones informativas sobre el Código de Buenas Prácticas, indica que no hay una previsión al efecto, pero que se atenderán las demandas concretas que se vayan produciendo.
A continuación, dado que no se producen más intervenciones, el Presidente del Foro da paso al siguiente punto del orden del día.
5. Otras consideraciones, ruegos y preguntas
D. Jesús Gascón comenta que, como ha indicado al comienzo de esta reunión, quiere exponer el estado de desarrollo del Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020 - 2023. Así, señala que todavía no ha sido presentado y que se están terminando de actualizar algunas cifras ya que, en un primer momento, estaba pensado para el período 2019 - 2022. Prosigue señalando que el Plan es un documento de planificación estratégica de carácter plurianual, elaborado por la Agencia Tributaria para subrayar cuáles van a ser sus líneas de actuación fundamentales y sus prioridades, así como para establecer una serie de indicadores que reflejen mejor cuál es el trabajo que realiza, al tiempo que se refuerza la propia gobernanza, la transparencia y la rendición de cuentas de la institución. Dado que es un documento elaborado por la Agencia Tributaria para la propia organización, tiene unas limitaciones claras, es decir, no va a proponer cambios normativos, más allá de las normas de autogobierno, ni afecta al sistema de financiación territorial. Añade que no se trata de un relato exhaustivo y pormenorizado del trabajo de la Agencia Tributaria, ya que el documento cuenta con más de 130 páginas, en las que se pretende subrayar únicamente los aspectos esenciales y prioritarios. D. Jesús Gascón prosigue señalando que, en primer lugar, se incluye un análisis del contexto y que, aunque el entorno puede resultar muy cambiante, tiene que resaltar que, en España, con independencia de que puedan surgir urgencias presupuestarias, la situación actual es diferente a la de los últimos años, donde el impacto de la crisis económica priorizó las actuaciones a corto plazo. Así, este nuevo escenario ha permitido que la Agencia Tributaria se dote de una planificación estratégica para su actividad en el medio y el largo plazo. Por otro lado, indica que el entorno internacional en el ámbito tributario se encuentra en un período de reflexión tanto en la imposición indirecta como, muy especialmente, en la directa y que habrá que ver en qué desemboca. Además, señala que el entorno internacional también puede quedar condicionado por el posible impacto del Brexit, aspecto que dependerá del mecanismo de salida finalmente adoptado, pero que necesariamente tendrá consecuencias procedimentales y operativas. Por otro lado, comenta que en el Plan estratégico se ha prestado especial atención a la sociología tributaria, dado que los estudios del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) y del Instituto de Estudios Fiscales han puesto de manifiesto cuestiones muy interesantes en relación con la opinión de los españoles sobre la Administración tributaria, el fraude, los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria, etc. D. Jesús Gascón indica que es muy significativo que un porcentaje superior al 70 % de los encuestados responda que el fraude fiscal no entra dentro de su forma de ver la vida. Para esta amplia mayoría de ciudadanos es necesario que la Agencia Tributaria refuerce los mecanismos de información y asistencia que les faciliten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Sin embargo, en el lado opuesto hay un 8 % de encuestados que contesta que el fraude fiscal es consustancial a la propia existencia de los impuestos, para los que la respuesta de la Administración tendrá que basarse en el establecimiento de mecanismos de control. Por último, hay un porcentaje, en torno al 25 %, que opina que el fraude es una opción en determinados momentos de la vida personal o societaria. Frente a este colectivo habría que reforzar las medidas de prevención.
Prosigue D. Jesús Gascón señalando que en el Plan también se han tenido en cuenta los estudios existentes sobre la economía sumergida. En concreto, en los estudios realizados por la Comisión Europea sobre el tax gap y otros indicadores relacionados se recoge que, en el caso de España, en comparación con los países de su entorno, la cifra de economía sumergida no es muy elevada. Señala, sin embargo, que muchas veces las variaciones interanuales se deben más a cambios metodológicos que a cambios en el comportamiento de los contribuyentes. Los estudios sobre la economía sumergida en ocasiones presentan datos muy alarmistas, pero cuando los organismos internacionales son los que encargan estos estudios esos porcentajes caen drásticamente. En ocasiones se producen determinadas polémicas al respecto que transmiten la idea de que se podría recaudar mucho más. No obstante, añade que no toda la economía sumergida puede ser objeto de regularización ya que, por ejemplo, las actividades ilegales no son susceptibles de producir una recaudación tributaria adicional. Además, hay economía de muy baja intensidad con importes muy bajos que no tributarían teniendo en cuenta los mínimos personales y familiares, por ejemplo, en el IRPF. Asimismo, comenta que, aunque parezca un contrasentido, hay economía sumergida que se lleva a cabo pagando impuestos. Cita como ejemplo el caso de un local donde se desarrolle una actividad oculta. Ese local está pagando el IBI y, además, unos suministros de energía y, probablemente, se está aprovisionando en establecimientos en los que soporta el IVA. No obstante, D. Jesús Gascón indica que la existencia de economía sumergida en una realidad y descubrirla también es un objetivo de la Administración.
Por otro lado, el Director General comenta que los resultados de las actividades de control de la Agencia Tributaria que se presentan anualmente ofrecen cifras muy elevadas, en torno a los 15.000 millones de euros. Sin embargo, señala que en esa cifra están incluidos resultados de todo tipo y no necesariamente derivados de actuaciones de lucha contra el fraude. Añade que es deseable una mayor transparencia para informar claramente de los conceptos que se engloban en esos resultados. Por ejemplo, los ingresos derivados de declaraciones regularizadas con resultado a ingresar, rectificaciones de autoliquidaciones presentadas por los contribuyentes que son desestimadas o reducidas, etc. Además, la Agencia Tributaria lleva a cabo actuaciones que no se recogen en los resultados de control, como pueden ser las minoraciones de bases imponibles negativas, la lucha contra el contrabando o los efectos inducidos, por ejemplo, por los avisos introducidos en la declaración del IRPF que producen que el contribuyente directamente declare correctamente. Por otra parte, señala que puede haber resultados extraordinarios, expedientes atípicos, que pueden hacer que un año el resultado sea muy elevado y al año siguiente que parezca muy reducido. D. Jesús Gascón indica que el Plan introduce siete indicadores estratégicos que ilustran mejor cuál es el trabajo que realiza la Agencia Tributaria desde una perspectiva plurianual. Así, en consonancia con el objetivo de fomentar el cumplimiento tributario, el primer indicador planteado se centra en medir la evolución del mismo. Para ello, se realiza un análisis dinámico comparando ejercicios a fin de observar la evolución de las grandes magnitudes macroeconómicas más directamente relacionadas con los ingresos tributarios. Se compara la evolución del PIB nominal y la de la demanda nacional, con la finalidad de determinar si los indicadores fiscales evolucionan mejor o peor que las principales magnitudes macroeconómicas. D. Jesús Gascón señala que la conclusión es que ha mejorado el cumplimiento voluntario en los últimos años, a lo cual, en alguna medida, han contribuido con su actividad todos los presentes. Así, indica como dato de referencia que en 2019 el PIB nominal crecerá en torno a un 3,6 %, mientras que las bases imponibles agregadas estarán en torno a un 5 %. Por otro lado, también se está midiendo el comportamiento tributario de los contribuyentes inspeccionados. Exceptuando a las sociedades y grupos adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (en los que se produce una gran variabilidad de resultados entre años debido a la internacionalización y a reestructuraciones empresariales que dificultan que las comparativas entre ejercicios sean homogéneas), el Director General cita, a modo de ejemplo, que se había observado que los contribuyentes inspeccionados en 2015 habían incrementado sus ingresos declarados un 25,6% en los tres años posteriores al ejercicio en el que fue practicada la regularización respecto de lo que venían declarando en los tres años anteriores, siendo el crecimiento medio de los ingresos tributarios entre dichos períodos para el conjunto de los contribuyentes claramente inferior: de un 12,6%. Así, esto indica que las inspecciones tuvieron un impacto positivo, traduciéndose en una mejora del cumplimiento voluntario. El Director General añade que es necesario ampliar los estudios sobre los efectos inducidos a otros ámbitos, como el aduanero, los impuestos especiales, las actuaciones del Departamento de Gestión Tributaria, etc. Señala como ejemplo los avisos en la campaña del IRPF sobre arrendamientos turísticos o sobre cuentas en el exterior. Así, la Agencia Tributaria debe analizar cómo evolucionan los rendimientos en los años siguientes. Es decir, hay que establecer indicadores que permitan ilustrar los resultados derivados de las actuaciones preventivas en los diferentes ámbitos de acción, ya que una mejora en el cumplimiento voluntario necesariamente se traduce en una disminución en los resultados de las actividades de control. Así, los indicadores tienen que servir para explicar a la sociedad el trabajo que se está realizando y marcar las prioridades de actuación, ya que unos resultados de control decrecientes no significan que se esté trabajando peor, sino que son consecuencia del esfuerzo realizado en prevención. Por otro lado, D. Jesús Gascón destaca que cuando se refiere a resultados de control, estos solo se computan si se produce el ingreso efectivo, es decir, la deuda suspendida no se incluye. Así, otro indicador más que se ha incluido en el Plan estratégico, además de los tres mencionados (cumplimiento voluntario, efectos inducidos y resultados de control), es la mejora de la eficiencia, el cual está muy relacionado con la conflictividad tributaria. D. Jesús Gascón señala que la Administración debe actuar con transparencia y ser capaz de medir la litigiosidad que generan sus actos, a fin de adoptar medidas que permitan mejorar la situación. Aclara que esta materia se ha estado analizando tanto desde el punto de vista de la conflictividad absoluta (número de recursos de reposición y de reclamaciones económico-administrativas), como en términos de conflictividad relativa (porcentaje que representa lo recurrido o reclamado respecto de la totalidad de los actos administrativos dictados por la Agencia Tributaria). Así, indica que, aunque la conflictividad relativa es baja, supone que a los Tribunales Económico-Administrativos lleguen entre 150.000 y 160.000 reclamaciones al año, lo que les coloca en una situación operativa muy compleja, que evidencia la necesidad de un refuerzo en medios materiales y personales, como se viene haciendo este último año, a fin de que las resoluciones se emitan en un plazo razonable. Por otro lado, añade que también hay que analizar las tasas de anulación de los actos de la Administración en los tribunales, tanto en vía económico-administrativa como en vía contencioso-administrativa, a fin de mejorar la calidad de las actuaciones tanto en su contenido como en su forma. Así, destaca que las anulaciones totales o parciales respecto de los actos recurridos está en torno a un 30 %. No obstante, señala que la Agencia Tributaria dicta millones de actos administrativos y que, dada la diversidad de funciones que realiza, los estudios de los porcentajes de anulación sobre los actos dictados presentan variaciones según la naturaleza de los mismos, ya que hay procedimientos con una tasa de conflictividad muy baja, como puede ser en el ámbito censal o recaudatorio, frente a otros que la tienen más elevada. En concreto se han analizado los supuestos de las actas de disconformidad y las sanciones en los procedimientos de inspección, teniendo presente que más del 80 % de las actas son de conformidad o con acuerdo, lo que evidencia una línea estratégica muy clara y es que, dentro del marco normativo vigente, si es posible conseguir acuerdos, se utiliza esta vía como instrumento para la reducción de la conflictividad. No obstante, señala que la Agencia Tributaria no cuenta con esta herramienta jurídica en otros procedimientos distintos del inspector. Indica que se ha encargado al Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC) un estudio sobre las posibles vías de conciliación, lo que podría exigir cambios normativos.
Prosigue el Director General añadiendo que, por otro lado, analizando la conflictividad desde el punto de vista de los importes, el principal indicador es la deuda suspendida por recurso o reclamación. Así, comenta la existencia de 41.627 millones de euros de deuda total pendiente, de los que 12.763 corresponden a deuda suspendida por recurso o reclamación y 5.664 por procesos concursales, siendo el margen de actuación de la Agencia Tributaria en términos de deuda gestionable bastante inferior a los 41.627 millones de euros mencionados. Así, se ha considerado importante incluir un indicador ilustrativo enfocado a lo que se podría denominar deuda gestionable, es decir, aquella parte de la deuda total sobre la que la Agencia Tributaria tiene plena capacidad, ya que hay otra parte sobre la que no tiene margen de maniobra, salvo colaborar con los tribunales para que resuelvan cuanto antes.
Continúa D. Jesús Gascón su exposición señalando que otro indicador de calidad que se ha considerado importante incluir en el Plan es el pago de intereses de demora por la Administración a los contribuyentes. Así, indica que el pago de intereses viene impuesto por la normativa, pero que, no obstante, es un campo de actuación mejorable por parte de la Agencia Tributaria, ya que, fundamentalmente, los intereses de demora se originan por retrasos en la tramitación de devoluciones y por resoluciones o sentencias desfavorables de las que se desprende una devolución al contribuyente. También existen casos donde el margen de actuación es menor, como sucede con las devoluciones derivadas de rectificaciones de autoliquidaciones. Añade que, como los demás indicadores, este va a medir la tendencia a lo largo de los años y, salvo situaciones extraordinarias, se espera que los intereses abonados decrezcan.
Prosigue el Director General señalando que se ha introducido también otro indicador de la eficiencia, utilizado en la comparativa internacional, que se basa en la comparación del presupuesto de la Agencia Tributaria con los ingresos que gestiona. La operación arroja una ratio por debajo de 0,7, lo que viene a significar que, por cada 100 euros gestionados, el coste para el Tesoro Público es de 0,7 euros. Indica que la pretensión es mantener esta tasa estable ya que la Agencia Tributaria está situada por delante de la media de la OCDE, de la Unión Europea y de países de nuestro entorno, como pueden ser Francia, Alemania e Italia. Añade que el mantenimiento de esta ratio permitiría la recuperación de los 3.000 efectivos que la organización ha perdido en los últimos años. Además, informa que la Agencia Tributaria se enfrenta a un escenario de jubilaciones realmente preocupante, ya que la media de edad de sus efectivos está en los 53 años. Esto implica que si se quiere contar con una plantilla preparada y formada es necesario ir convocando los oportunos procesos selectivos.
Seguidamente, el Director General señala que en el Plan también se definen algunas de las líneas prioritarias de actuación. Destaca en el IVA la prueba piloto de la pre-declaración del modelo 303 y la comunicación de los datos fiscales a las empresas en la campaña del Impuesto sobre Sociedades de manera similar a lo que se hace en el IRPF, novedades que han tenido mucho eco mediático. Añade que, salvando las diferencias existentes entre la tributación empresarial y la de una persona física con un perfil simple en el IRPF, la Agencia Tributaria está analizando hasta dónde se puede llegar en la puesta a disposición del contribuyente de la información que posee. Así, en el Impuesto de Sociedades se ha decidido compartir los datos de los que dispone la Administración respecto de los créditos fiscales pendientes de aplicar, los pagos fraccionados, las retenciones, las cuentas en el exterior, etc., es decir, toda la información que se viene transparentando en el IRPF desde hace unos años. Este cambio de estrategia obedece también al objetivo de mejorar el cumplimiento voluntario, ya que, por ejemplo, el número de casos en los que no cuadran los créditos fiscales pendientes de aplicar declarados en un ejercicio anterior con lo que se declara en el año en cuestión es elevadísimo, decenas de miles de contribuyentes. Así, desde la Agencia Tributaria se piensa que, facilitando estos datos al contribuyente, se le está ayudando a cumplimentar su declaración correctamente. En definitiva, se trataría de establecer con el contribuyente canales de comunicación que no se limiten al envío de notificaciones relacionadas con procedimientos de comprobación, sino también poner en marcha iniciativas que le ayuden en el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias. Por otro lado, D. Jesús Gascón indica que también hay que avanzar en el desarrollo de los asistentes virtuales. Comenta a modo de ejemplo que el año pasado la Agencia Tributaria atendió presencialmente a dos millones de contribuyentes por cuestiones censales. Así, la implantación de un asistente virtual que proporcionase al contribuyente la certeza de que ha cumplimentado su declaración censal sin errores, de tal manera que desde la Administración se le pudiera remitir un aviso comunicándole el plazo que tiene para presentar una determinada autoliquidación si su situación no ha variado, o que, si su situación ha variado, por ese mismo canal pudiese rectificar sus datos censales, liberaría de trabajo a las oficinas físicas de la Agencia Tributaria. Es decir, se trataría de implementar autoservicios de información o administraciones digitales donde se concentraría la atención al contribuyente por medios telefónicos y telemáticos.
A continuación D. Jesús Gascón indica que las actuaciones de inspección no van a tener como único objetivo el de regularizar una situación con el consiguiente ingreso del importe resultante, sino que se pretende que tengan un efecto futuro positivo, es decir, que influyan en los sectores económicos y en el entorno de los contribuyentes inspeccionados, tal y como ha comentado cuando se ha referido a los efectos inducidos. Así, informa que se va a actuar de una forma muy directa contra la economía sumergida, como pueden ser las actividades ocultas y las ventas no declaradas. Añade que la lucha contra el fraude necesita el concurso de toda la sociedad y que el papel desarrollado por los colaboradores sociales es muy importante. Además, la Agencia Tributaria también opina que los principales beneficiarios de las acciones efectivas contra la economía sumergida son las empresas cumplidoras, que, por otra parte, son la mayoría. En este sentido, D. Jesús Gascón alude a las solicitudes crecientes de desarrollo de códigos de buenas prácticas desde determinados sectores, como pueden ser CEOE - CEPYME o las organizaciones de trabajadores autónomos y reitera lo ya comentado en reuniones anteriores sobre la existencia de un Código de Buenas Prácticas Tributarias, pero que, al haber sido resultado de los trabajos del Foro de Grandes Empresas, las organizaciones de PYME opinan que no son aplicables específicamente a los colectivos que agrupan. Así, en este campo la Administración tiene que avanzar en el diseño de estrategias conjuntamente con las organizaciones empresariales. Además, añade que, en Europa, por ejemplo, se están debatiendo cuestiones acerca del futuro del IVA, y que sería deseable elaborar una “posición país”, fruto del diálogo de todos los agentes económicos y jurídicos y basada en los intereses comunes.
D. Jesús Gascón, prosiguiendo con su exposición sobre el Plan estratégico, se refiere a las mejoras incluidas sobre la propia gobernanza de la Agencia Tributaria. Así, comunica que el propio Plan, sus indicadores y el plan anual de objetivos van a ser publicados en el Portal de la Transparencia y se van a remitir al Parlamento. Además, a ejercicio vencido, también se dará a conocer un informe realizado por el Servicio de Auditoría Interna que ponga de manifiesto el grado de cumplimiento de los objetivos anuales y la evolución de los indicadores plurianuales. Dichos informes también se publicarán en el Portal de la Transparencia y se remitirán al Parlamento. Por otra parte, añade que también se va a mejorar la infraestructura ética de la organización, adaptándola a las nuevas exigencias internacionales. Señala que la Administración española cuenta con un código de conducta para los empleados públicos. Sin embargo, indica que las características específicas de la Agencia Tributaria, dado su tamaño y la estrecha relación de su actividad con la gestión de fondos públicos, hacen recomendable la declaración de un compromiso explícito mediante una declaración institucional, así como la elaboración de un código de principios y de conducta aplicable a sus peculiaridades. Añade que, además, se va a poner en funcionamiento un canal de denuncia para comportamientos indebidos y se va a crear una comisión consultiva de ética.
Por último, D. Jesús Gascón señala que el Plan estratégico va a ser un documento abierto, ya que al igual que ocurre en las empresas, la estrategia se puede quedar desfasada por la ocurrencia de determinados eventos, ya sean favorables o desfavorables, como podrían ser los efectos del Brexit o cambios en la fiscalidad internacional. Por ello, indica que las observaciones y las sugerencias serán bien recibidas y servirán para ir adaptando permanentemente el plan a la realidad. Además, el Director General añade que en el Plan se valora positivamente el modelo de relación cooperativa y se alude explícitamente a los códigos de buenas prácticas, así como al avance que ha supuesto para el modelo cooperativo los informes de transparencia presentados voluntariamente por las empresas, los cuales permiten que la Agencia Tributaria cuente con un conocimiento temprano de la política fiscal y de gestión de riesgos fiscales de la entidad, lo que, a su vez, redunda en una mayor seguridad jurídica para la misma.
A continuación, el Presidente del Foro se dirige a los presentes y abre un turno de palabra.
En primer lugar, toma la palabra D. Luis del Amo, quien propone que, aunque no tiene que ver con los impuestos, se suprima en las reuniones de este Foro el agua embotellada en envases de plástico.
D. Jesús Gascón responde que, en su opinión, es una gran idea.
A continuación, interviene D. Antonio Ibarra, quien aclara que habla a título personal, y señala que el tema del Plan estratégico y sus siete indicadores le parece una buena iniciativa, así como la prevención basada en el fomento del cumplimiento voluntario. Por otro lado, indica que en su experiencia profesional “menos es más” y, para explicarlo, comenta que una inspección de trabajo, en comparación con las de la Agencia Tributaria, dura menos tiempo, ya que son más reiterativas, con lo que las cuotas resultantes son menores y el número de contribuyentes inspeccionado es mayor. Es decir, las empresas cada uno o dos años tienen una revisión de trabajo. Sin embargo, también puede decir que el 50 % de sus clientes no han tenido una inspección fiscal en 20 años. Así, el contribuyente opina, como regla general, que no va a ser inspeccionado. Por otro lado, también existe el pensamiento generalizado de que cuando tiene lugar una inspección tributaria, esta va a durar año o año y medio y el resultado va a ser que el contribuyente, prácticamente, se queda en la ruina, es decir, que va a ser cuantioso. Así, D. Antonio Ibarra opina que una mayor frecuencia en las comprobaciones, que duren menos tiempo y de las que resulten cuotas menores serían más aleccionadoras y tendrían mejores efectos en la conducta del contribuyente, al tiempo que derivarían en una menor conflictividad. Por otro lado, señala como crítica el hecho de que en torno a un 30 % de los recursos o reclamaciones se resuelvan a favor del contribuyente en los tribunales económico-administrativos, y que, del resto, otro 35 % se resuelva favorablemente en la vía contencioso-administrativa. Así, indica que a fin de reducir la litigiosidad se podrían mejorar las resoluciones de los recursos de reposición, donde, en su caso particular, ha constatado que de 10 recursos de reposición que presenta, 9 son rechazados en vía administrativa.
D. Jesús Gascón le contesta que, en relación con el primer punto, las posibilidades de actuación que tiene la Administración son muy amplias y tiene que diversificarlas. No obstante, señala que un acercamiento preventivo al contribuyente presenta muchos aspectos positivos. Además, añade que está de acuerdo con que hay que fomentar que las comprobaciones se realicen lo más próximas que sea posible a la realización del hecho imponible. Por otro lado, en relación con el segundo asunto planteado, comenta que, del aproximadamente 70 % de resoluciones que dictan los Tribunales económico-administrativos dando la razón a la Administración, solo llegan a la vía contencioso-administrativa entre un 15 y un 20 %, lo que significa que el 30 % de los casos en que en esta vía se da la razón al contribuyente representa un porcentaje muy pequeño, ya que, directamente, el contribuyente no acude a dicha vía. No obstante, D. Jesús Gascón añade que, aunque depende del procedimiento, estadísticamente en estos momentos las estimaciones a favor del contribuyente en los recursos de reposición superan a las que tienen lugar en las vías económico-administrativa y contencioso-administrativa consideradas conjuntamente. Además, indica que los contribuyentes en numerosas ocasiones ignoran el trámite en el que pueden realizar alegaciones, presentándolas posteriormente, en fase de recurso. Este hecho peculiar hace que la Agencia Tributaria se esté planteado que el contribuyente no identifica ese trámite correctamente, porque la Administración no se lo está comunicando adecuadamente. Así, también se está analizando si, en aras del rigor jurídico, no se está facilitando la información concreta de la vía de actuación que se abre ante el contribuyente con una determinada notificación.
Seguidamente, interviene D. Javier Gómez, quien comenta que le han parecido muy interesantes todas las reflexiones que se han realizado y que estará muy pendiente de los avances del Plan estratégico. Por otro lado, comenta que también quiere aportar, como reflexión en cuanto a lo comentado sobre que la deuda suspendida no computa en los resultados, que siempre se ha echado en falta, desde un punto de vista estadístico o macroeconómico, el porcentaje de la deuda pendiente de cobro que se refleja en el activo de la contabilidad nacional. Pregunta si se recoge el 100 % o va teniendo una disminución a medida que va transcurriendo el tiempo o se producen determinadas incidencias. Añade que sería deseable que ese dato se transparentase.
Responde D. Jesús Gascón que en esta cuestión la dificultad reside en que como los plazos son tan largos, el filtrado se va produciendo de manera muy dilatada en el tiempo. Así, la deuda recurrida se va incorporando a la contabilidad nacional a medida que los tribunales dan la razón a la Administración y se producen los correspondientes ingresos. En algunos casos, los procesos duran más de una década. No obstante, añade que se está observando que en la medida en que las actuaciones son más próximas a la realización del hecho imponible y las regularizaciones se refieren a un menor número de ejercicios, el cobro se produce de un modo más inmediato. Por otro lado, indica que existen partidas sobre las que se tienen muy pocas expectativas de cobro, como podrían ser los aproximadamente 6.000 millones de deuda afectados por procesos concursales. Así, indica que en esta cuestión se procurará ser más transparentes ya que se trata de un asunto crítico y que el hecho de haber identificado la parte de deuda afectada por procesos concursales va en ese sentido.
A continuación, toma la palabra D. José Castaño quien indica que, en relación con lo comentado sobre los casos en que, en ocasiones, los contribuyentes no entienden las notificaciones, vuelve a reiterar la solicitud ya realizada en anteriores reuniones de una simplificación del lenguaje utilizado en las comunicaciones oficiales, de manera que sean más claras para todo el mundo. Por otro lado, señala que, en cuanto a la publicación de los indicadores estratégicos, sería interesante disponer de los mismos desglosados por Delegaciones a fin de que, en el marco de la relación cooperativa, se compartieran en este Foro, así como, a nivel de Delegaciones, se pudieran convocar reuniones con los representantes del foro para transmitir los datos de esa delegación y se pudieran aportar soluciones ante situaciones concretas que necesiten corrección.
D. Jesús Gascón contesta que la publicación en el Portal de la Transparencia, así como la remisión al Parlamento, va a ser de información nacional, agregada. No obstante, señala que cuando los datos sean territorializables, no habría inconveniente en compartirlos en este Foro.
Seguidamente interviene D. Antonio Ibarra, quien, en relación con lo comentado sobre los aproximadamente 6.000 millones de euros de deuda pendiente derivada de procesos concursales, señala que la llamada “ley de la segunda oportunidad”, en su opinión, ha sido un fracaso y que no ha servido para paliar los efectos que los duros años de la crisis económica tuvieron en la actividad de muchos trabajadores autónomos. Así, comenta que hay un colectivo muy numeroso que, debido a las deudas que arrastra, está desarrollando su actividad, al menos en parte, en un marco de economía sumergida. Aclara que tienen que recurrir a familiares y personas de confianza para que figuren como titulares de la actividad y ellos cobrar sus retribuciones, en “dinero negro”. D. Antonio Ibarra añade que sería deseable que la interpretación de la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2019 se realizase de manera que la “ley de la segunda oportunidad” fuese realmente efectiva y permitiese reincorporar plenamente la actividad de este colectivo a la economía española. Por último, indica que, a pesar de que la Agencia Tributaria no tiene competencia normativa, sí podría plantearse proponer en esta materia una postura más flexible y favorable a la exoneración de deudas, habida cuenta que el afloramiento de actividades desembocaría en unos mayores ingresos para el Estado.
El Director General responde que la deuda pendiente derivada de procesos concursales afecta en cuanto a importes, mayoritariamente, a Sociedades y, de una manera muy reducida, a personas físicas, por lo que para este colectivo cabría plantearse un enfoque más posibilista. Añade que, no obstante, la Agencia Tributaría todavía está realizando un análisis sobre este concepto integrante de la deuda pendiente.
A continuación, toma la palabra D. Rafael Gil March, quien indica que los proyectos como el Plan estratégico, tienen un enfoque teórico o de principios de muy buena acogida, pero que, posteriormente, no se reflejan en su aplicación práctica, del día a día. Añade que, por ejemplo, en las actuaciones del Departamento de Gestión Tributaria, con un mayor volumen de contribuyentes afectados que otros Departamentos, como podría ser el de Inspección, no existe un trato hacia el contribuyente que pueda calificarse de cercano. Así, la percepción real del ciudadano es que cuando recibe una comunicación de la Agencia Tributaria siempre es para pagar alguna cantidad. Además, en ocasiones lo reducido de la cantidad hace sorprendente que la Administración destine recursos y tiempo a regularizar ciertas situaciones, en vez de actuar de una forma más completa en otras que pudieran tener una mayor trascendencia económica. D. Rafael Gil March añade que es posible que el establecimiento de los indicadores que se han comentado permita identificar mejor las prioridades. Por otro lado, reitera que sería fundamental mejorar el trato de los órganos de gestión hacia los contribuyentes, lo cual, en su opinión, contribuiría a generalizar una conciencia de cumplimiento voluntario y mejoraría la percepción que los ciudadanos tienen, no solo de la Administración, sino también de los profesionales tributarios, facilitando a estos últimos su labor, sobre todo, cuando quieren transmitir que el cumplimiento tiene muchas más ventajas que el incumplimiento o el ocultamiento de rentas.
Le contesta D. Jesús Gascón que, efectivamente, también en las actuaciones masivas el sesgo tiene que estar marcado más por la prevención que por la represión. Añade que ya ha comentado que, por ejemplo, en el Impuesto sobre Sociedades la Agencia Tributaria se encuentra con que el contribuyente en la declaración de un determinado ejercicio no mantiene la coherencia con lo declarado en los anteriores. En numerosas ocasiones, la trascendencia económica es mínima, pero, sin embargo, desde la Administración es muy difícil ignorar una contradicción flagrante. Así, en estos casos la solución puede consistir en el establecimiento de un sistema de avisos preventivos que permitan al contribuyente ir chequeando su propia información y modificarla donde sea necesario. Añade que, de esta manera, la Agencia Tributaria podría dedicar más recursos a otras prioridades más importantes como son el afloramiento de bases imponibles no declaradas o la economía sumergida. Por otra parte, D. Jesús Gascón reitera que el Plan estratégico se basa en una mayor simplificación normativa unida a un esfuerzo en prevención, con el objetivo de provocar cambios orientados hacia el cumplimiento voluntario en el comportamiento tributario del contribuyente. No obstante, señala que un plan de esta naturaleza, con importantes cambios estratégicos, no se puede implantar de la noche a la mañana, máxime teniendo en cuenta el tamaño y la complejidad de una organización como la Agencia Tributaria. Asimismo, comenta que también una de las finalidades del Plan es abrir un debate sobre la Administración tributaria que la sociedad desea para España.
Dado que no se realizan nuevas intervenciones, el Director General de la Agencia Tributaria agradece a todos su asistencia y participación y da por concluida la decimosexta sesión del pleno del Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios.
La Secretaria Técnica del Foro
D.ª Dolores Carreño Beltrán
El Presidente del Foro
D. Jesús Gascón Catalán