Cómo presentar borrador o declaración mediante Renta DIRECTA
La Agencia Tributaria (AEAT) pone a disposición de determinados colectivos de contribuyentes un nuevo servicio llamado "Renta DIRECTA" cuyo objetivo es facilitar la presentación de Renta con todos sus datos fiscales trasladables automáticamente y que no necesiten modificar el borrador que se les ofrece.
Esta opción estará disponible dentro del Portal de Servicios Personalizados de Renta del contribuyente junto con Renta WEB.
El acceso está disponible en nombre propio, con apoderamiento y por colaboración social privada (en este último caso con la posibilidad de utilizar la referencia de los titulares para bajar sus datos fiscales). Permite la autenticación de declarante, cónyuge y descendientes, así como la generación de la sesión de Renta disponible para su presentación, para todos los miembros de la unidad familiar autenticados y la obtención del PDF de presentación.
Aunque pertenezcas al colectivo, la utilización de Renta DIRECTA no es obligatoria. Siempre podrás realizar la declaración desde Renta WEB si así lo deseas. Si como contribuyente te encuentras dentro del colectivo de Renta DIRECTA y aún no has presentado tu declaración, siempre puedes acceder a este servicio, aunque ya tengas una sesión abierta en Renta WEB.
No obstante, no se ofrece este servicio, dentro del portal de servicios personalizados de Renta, a aquellos contribuyentes que, estando dentro del colectivo de Renta DIRECTA, ya hubieran presentado su declaración.
Para acceder al servicio haz clic en "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)", identifícate mediante Cl@ve Móvil, certificado electrónico, DNIe, número de referencia de la campaña actual o con el sistema de identificación para ciudadanos de la Unión Europea (eIDAS) utilizando la identificación de otro país.
Después, indica si actúas en nombre propio o como representante y pulsa "Confirmar". Si usas el acceso como representante, se solicitan los datos del representado para el que vas a actuar.
En el apartado "Servicios disponibles" haz clic en "Borrador/Declaración (Renta DIRECTA)".
El enlace a Renta DIRECTA estará disponible para el titular principal que entra en el portal de servicios personalizados, si pertenece al colectivo Renta DIRECTA, independientemente de que su cónyuge pertenezca al colectivo o no.
Si es la primera vez que accedes o aún no has ratificado tu domicilio fiscal, aparecerá una pantalla para que lo ratifiques en este momento y poder continuar.
En la primera pantalla se mostrarán los "Datos identificativos" del declarante. En el caso de unidad familiar, es posible identificar al cónyuge (si lo hubiera) o acceder directamente al cálculo individual.
Si tu situación familiar es casado a 31 de diciembre de 2024 dispones de varias alternativas:
- Si no autenticas a tu cónyuge, puedes continuar tramitando su declaración individual por Renta DIRECTA pulsando "Cálculo individual".
- Si autenticas al cónyuge la aplicacion tratará de realizar el traslado de datos dándose estas circunstancias:
- Si el cónyuge no cumple las condiciones para que se le pueda hacer un traslado de perfil automático completo, entonces no se puede acceder a Renta DIRECTA para ninguno de los dos titulares porque no se puede calcular la opción más favorable. En estos casos, se muestra un aviso para que vayas a Renta Web y allí confeccionar ambos las declaraciones.
- Si se cumplen las condiciones, se da acceso a Renta DIRECTA para ambos cónyuges.
Para autenticar al cónyuge será necesario la utilización de Cl@ve Móvil o número de referencia de la campaña actual del cónyuge.
A continuación, accederás a la pantalla del "Resumen de declaraciones" donde puedes comprobar las opciones más favorables. Si lo necesitas, podrás acceder a Renta WEB para modificar cualquier dato de tu declaración. Los cambios que realices allí se reflejarán en Renta Directa.
Desde esta misma pantalla podrás "Visualizar los datos fiscales" y obtener una "Vista previa de la declaración" que no es apta para la presentación pero te puede servir como consulta.
Haz clic sobre el botón "Continuar con la declaración" de la opción más favorable.
Dependiendo del resultado de la declaración dispones de estas opciones:
-
Si la declaración tiene como resultado una devolución, indica el código IBAN donde se te hará el ingreso de la devolución.
-
Si la declaración tiene como resultado un ingreso, podrás seleccionar la forma de pago, por defecto aparecerá el fraccionamiento en dos plazos y domiciliados ambos, pero puedes modificarlo y seleccionar otra forma de pago para cada plazo o no fraccionar.
Entre las opciones disponibles de ingreso están:
-
Domiciliación del importe. Indica el código IBAN de domiciliación, estará disponible hasta el 25 de junio. En principio aparecerá el código IBAN que indicaste en la declaración del ejercicio anterior, pudiendo modificarlo por otro de tu interés o domiciliarlo en una cuenta abierta en el extranjero (UE/SEPA).
-
A ingresar con Documento de ingreso en Banco/Caja. Si selecionas esta opción, tras presentar la declaración deberás hacer el pago acudiendo a una entidad financiera con el documento de ingreso obtenido.
-
-
Si la declaración tiene como resultado cero (0,00 €) será una declaración negativa y con la indicación de NO OBLIGADO, no obstante, si lo deseas puedes presentar la declaración.
Cualquier otra modificación y subsanación de error se debe realizar a través de Renta Web.
Desde esta misma pantalla podrás indicar la "Asignación tributaria", por defecto vendrá marcado lo que seleccionaste en la última declaración presentada, aunque podrás modificarlo seleccionando una, dos o ninguna opción.
Seguidamente haz clic en "Presentar declaración". Tras pulsar, se muestra la ventana de firma y envío de la misma. Haz clic en "Sí, presentar".
Obtendrás la respuesta "Su presentacón ha sido realizada con éxito" y podrás visualizar la declaración presentada obteniendo un PDF con el justificante de la declaración en la primera hoja donde se indican los datos del registro y del presentador, y a continuación la declaración completa. Desde esta misma ventana podrás continuar con otra declaración de la unidad familiar, si la hubiese.
En caso de haber presentado una declaración individual en la que has autenticado al cónyuge (o hijos que perciban rentas), pulsando en “Continuar con otra declaración” te permitirá volver a la pantalla de "Resumen de declaraciones" para poder presentar la declaración individual del otro titular.
En el Resumen de declaraciones, una vez presentada tu declaración, ésta figurará como "Declaración presentada", (o "No presentable" si se trata de un cambio de modalidad, de individual a conjunta o viceversa). Para modificarla deberás acceder a Renta WEB.