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Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Sociedades Anónimas (A), de Responsabilidad Limitada (B), Colectivas (C) y Comanditarias simples o por acciones (D)

(Real Decreto 22 agosto 1885 aprueba el Código de Comercio. Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital)

  • Original y fotocopia de la escritura pública de constitución, en la que se recogen los Estatutos que han de regir el funcionamiento de la sociedad.
  • Certificado de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil (en su defecto, será suficiente con la aportación de la escritura pública de constitución en la que conste impreso el sello de la inscripción registral).
  • Fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal, que ha de ser un representante de la sociedad. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración Tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIF, siempre que autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad.
  • Original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal (no será necesario si figura como tal en la escritura de constitución o en los estatutos).