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Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Presentación en impreso

El citado modelo en forma de impreso se puede obtener mediante:

  • Adquisición del impreso en cualquier Administración o Delegación de la Agencia Tributaria (Ver nota a continuación)

    Nota importante:

    Obtención de impresos y modelos de declaraciones sin presentación electrónica habilitada.

    A partir del 31 de enero de 2015, la totalidad de los impresos y modelos requeridos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones cuya presentación electrónica no sea obligatoria, podrán ser descargados directamente de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, www.agenciatributaria.es, o bien serán proporcionados en la Delegaciones o Administraciones de la misma.

  • Acceso a la sede electrónica de la Agencia Tributaria sin que sea necesario disponer de certificado de usuario. Esta opción permite la cumplimentación, validación y obtención del borrador en formato PDF para su impresión y posterior presentación en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria.

El modelo 036 se presentará, debidamente firmado:

  • Mediante entrega directa en la Administración o, en su defecto, Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular de la declaración en el momento de la presentación o bien, en la Unidad Regional de Gestión de Grandes Empresas de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal o en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, según proceda en función de su adscripción
  • Mediante envío por correo certificado a dichas oficinas
  • Las personas o entidades no residentes en España o no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido presentarán el modelo 036 en la Administración o Delegación de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal de su representante o, en caso de que no lo hubieran nombrado, en la del lugar donde operen

La declaración censal deberá ser firmada en el apartado “Lugar, fecha y firma” de la página 1:

  • Cuando el titular de la declaración censal sea una persona física, esta declaración deberá ser firmada por dicha persona física o, en su caso, por quien ostente su representación en la fecha de presentación de la misma.
  • Si el titular de la declaración censal es una persona jurídica o entidad, esta declaración deberá ser firmada por la persona que ostente la representación de la entidad declarante en la fecha de presentación de la misma.

La simple presentación de la declaración censal (una vez firmada por el declarante o su representante) es un acto de mero trámite y en consecuencia lo puede realizar cualquier persona.