Concepto de local
Concepto de local en el que se ejercen, tanto directa como indirectamente, las actividades.
Se consideran locales las edificaciones, construcciones e instalaciones, así como las superficies cubiertas o sin cubrir, abiertas o no al público, que se utilicen para cualesquiera actividades empresariales o profesionales.
Entre otros, no tienen la consideración de locales (ni directa ni indirectamente afectos a la actividad):
- Las explotaciones en las que se ejerzan las actividades mineras, las explotaciones en las que se ejerzan las actividades de extracción de petróleo, gas natural y captación de agua y las centrales de producción de energía eléctrica.
- Las obras, instalaciones y montajes objeto de la actividad de construcción, incluyendo oficinas, barracones y demás construcciones temporales situadas a pie de obra y que se utilicen exclusivamente durante el tiempo de ejecución de la obra, instalación o montaje.
Los bienes inmuebles, tanto de naturaleza rústica como urbana, objeto de las actividades de alquiler y venta de dichos bienes. Tampoco tendrán la consideración de locales las oficinas de información instaladas en los bienes inmuebles objeto de promoción inmobiliaria.