Administración Pública
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CUYO ÚLTIMO PRESUPUESTO ANUAL APROBADO SUPERA LOS 6 MILLONES DE EUROS
Los retenedores u obligados a ingresar a cuenta que tengan la consideración de Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social, cuyo último Presupuesto anual aprobado con anterioridad al inicio del ejercicio supere la cantidad de 6 millones de euros, deberán utilizar el modelo de declaración censal (casilla 577 “SÍ” y casilla 578 “Fecha”) para comunicar el período de liquidación de las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Impuesto sobre Sociedades, en atención a la cuantía de su último presupuesto aprobado.
Asimismo, deberán efectuar la presentación de la declaración mensual ajustada al modelo 111 por vía telemática, de las cantidades retenidas y los ingresos a cuenta correspondientes a las rentas definidas reglamentariamente.
No obstante, la retención e ingreso correspondiente, cuando la entidad pagadora del rendimiento sea la Administración del Estado y el procedimiento establecido para su pago así lo permita, se efectuará de forma directa.