Sección II: Historial de cumplimiento
[Artículo 39, letra a), del CAU, artículo 24 del AE CAU(22);Orientaciones AEO, parte 2, sección I; anexo 2 a las Orientaciones AEO, punto 1]
Nota: De conformidad con el artículo 14 del AE CAU, el historial de cumplimiento de la legislación aduanera y la normativa fiscal de su empresa y de las personas a que se refieren las preguntas 1.1.2, 1.1.3 y 1.1.8 se basará en los tres últimos años anteriores a la solicitud. Durante ese período no deberá usted haber cometido infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera y la normativa fiscal. No obstante, el historial de cumplimiento se considerará aceptable si las infracciones tienen una importancia menor en relación con el número o la magnitud de las operaciones o actividades relacionadas y no plantean dudas respecto de los niveles globales de cumplimiento.
Para ello, la autoridad aduanera deberá considerar:
- las irregularidades y errores en su conjunto y con carácter acumulativo,
- su frecuencia, a fin de determinar si existe un problema sistemático,
- si ha habido intención fraudulenta o negligencia,
- si ha notificado usted voluntariamente a la Administración aduanera los errores o irregularidades que ha detectado,
- si ha adoptado usted alguna medida para evitar o minimizar futuros errores.
El artículo 24 del AE CAU exige asimismo que la persona identificada en las preguntas 1.1.2, 1.1.3 y 1.1.8 no haya recibido condena alguna por un delito grave en relación con su actividad económica.
2.1 a)
Ejemplos de infracciones de las normas aduaneras detectadas:
- Marzo a septiembre de 2015: utilización incorrecta del código de divisa en las importaciones procedentes de China que motivó una declaración por exceso de derechos de aduana y de IVA cifrada en 5 500 euros.
- Diciembre de 2015: no se envió la declaración trimestral del régimen suspensivo de perfeccionamiento activo.
Ejemplos de infracciones de la normativa fiscal detectadas:
- Enero de 2016: fabricación o refino ilegal de aceite mineral y sustracción.
En caso de que se hayan cometido varias infracciones, facilite usted su número total y un breve resumen de los principales motivos de error.
2.1 b)
Ejemplos de medidas de control de calidad adoptadas a raíz de los dos casos mencionados anteriormente bajo 2.1 a):
- 6.10.2015: Cambios en el sistema informático a fin de evitar que las entradas se completen mientras no se haya efectuado un control sobre la moneda declarada.
- Envío de la declaración pendiente. Se revisaron los procedimientos de declaración del régimen suspensivo de perfeccionamiento activo para incluir controles de gestión trimestrales y se comunicaron al personal competente.
Por lo general, sus medidas de control de calidad deben incluir:
- el nombramiento de una persona de contacto dentro de su empresa que sea responsable de comunicar las irregularidades o errores detectados, incluida cualquier sospecha de actividad delictiva, a la Administración aduanera u otros departamentos gubernamentales;
- los requisitos, incluida la frecuencia, para la ejecución y la documentación de las comprobaciones a llevar a cabo sobre la exactitud, plenitud y actualidad de los registros de información y mantenimiento de los mismos, por ejemplo, declaraciones efectuadas a las Aduanas y otras autoridades de regulación, cumplimiento de los requisitos de las aprobaciones o de autorizaciones concedidas;
- el uso de recursos internos de auditoría para probar o asegurar sus procedimientos;
- la forma de notificar al personal los requisitos o cambios efectuados;
- la frecuencia de las futuras revisiones,
- los controles de gestión para garantizar que se siguen los procedimientos.
2.2
Por ejemplo:
Mayo de 2015: denegación de una solicitud de depósito aduanero debido a la falta de necesidad económica.
Junio de 2016: retirada de la autorización del procedimiento de domiciliación debido a una no presentación reiterada de las declaraciones recapitulativas.
La denegación/suspensión/retirada de cualquier solicitud/autorización de decisiones aduaneras no llevará aparejada automáticamente la denegación de su solicitud AEO.
(22) REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2447 DE LA COMISIÓN, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión.(Volver)