Novedades publicadas en el INFORMA 2023
Saltar índice de la informaciónNovedades publicadas en el INFORMA durante el mes de MARZO
146455 - TRIBUTACIÓN MÍNIMA Y OPCIÓN ARTÍCULO 39.2 LISEn los supuestos de cuota líquida mínima, una vez determinada ésta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 bis de la LIS, la entidad aplicará la cuantía pendiente de la deducción generada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la LIS, una vez aplicado el descuento señalado, y solicitará a la Administración tributaria el abono de la cuantía que no haya podido ser deducida por insuficiencia de cuota en los términos y condiciones señalados en el artículo 39.2 de la LIS.
146456 - TRIBUTACIÓN MÍNIMA Y OPCIÓN ARTÍCULO 39.3 LISUna entidad que cumple los requisitos para generar la deducción regulada en el artículo 36.2 LIS y le resulta de aplicación la tributación mínima prevista en el artículo 30 bis de la LIS, si será posible solicitar el abono de la deducción en el caso de insuficiencia de cuota, de conformidad con el artículo 39.3 de la LIS, aunque deba aplicar lo dispuesto en el artículo 30 bis de la LIS.
146457 - RÉGIMEN ESPECIAL ENTIDADES DE REDUCIDA DIMENSIÓN. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN COMO OPCIÓN TRIBUTARIAEl beneficio fiscal de la libertad de amortización previsto para las entidades de reducida dimensión debe considerarse como una opción y, por lo tanto, le resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 119.3 LGT.
146460 - PROVISIÓN POR DEPRECIACIÓN DE EXISTENCIAS BASADA EN EXPECTATIVASNo es deducible la dotación a la provisión por depreciación de existencias basada en meras expectativas de depreciación en función de la antigüedad de las piezas de recambio contablemente depreciadas.
146454 - ENTIDADES DEDICADAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA. INMUEBLES ARRENDADOS COMO OFICINAS CON CÉDULA DE HABITABILIDADA efectos del cálculo del valor del activo de una entidad acogida al régimen especial susceptible de generar rentas que tengan derecho a la aplicación de la bonificación prevista en el artículo 49.1 de la LIS no deben incluirse los inmuebles que se encuentran arrendados como oficinas, aunque dispongan de cédula de habitabilidad como vivienda.