Liquidación y pago del Impuesto
Infórmate de las obligaciones tributarias de liquidación y pago del impuesto
Período de liquidación y plazos de presentación del modelo 560
El periodo de liquidación es trimestral. No obstante:
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Es mensual si tu periodo de liquidación en IVA es mensual, atendiendo a tu volumen de operaciones u otra circunstancia prevista en la normativa de IVA.
La presentación de la autoliquidación debe efectuarse durante los veinte días naturales siguientes al período de liquidación.La domiciliación bancaria del modelo 560 para periodos de liquidación trimestrales podrá realizarse desde el día 1 hasta el día 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero del año siguiente, según corresponda al primer, segundo, tercer o cuarto trimestre respectivamente.
La domiciliación bancaria del modelo 560 para periodos de liquidación mensuales podrá realizarse desde el día 1 hasta el día 15 del mes siguiente al mes objeto de autoliquidación.
- Es anual:
- para los consumidores que se hayan beneficiado indebidamente de suministros con aplicación de algún supuesto de no sujeción, exención o reducción, por no haber comunicado al suministrador los datos exactos de la regularización. (contribuyentes conforme al artículo 96.3 de la Ley).
- para los productores de electricidad que realicen exclusivamente consumos exentos por los apartados 5 y 7 del artículo 94 de la Ley.
La presentación de la autoliquidación anual deber efectuarse durante los primeros veinte días naturales del mes de abril siguiente al ejercicio que corresponda.
La domiciliación bancaria del modelo 560 para periodos de liquidación anuales podrá realizarse desde el día 1 hasta el día 15 del mes de abril siguiente al año objeto de autoliquidación.