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Memoria 2023

4.2.2. Control aduanero, de los impuestos especiales y medioambientales

Actuaciones inspectoras sobre los tributos que gravan las operaciones de Comercio Exterior, sobre los Impuestos Especiales y sobre los impuestos medioambientales

Se incluyen las actuaciones inspectoras de comprobación realizadas por los órganos del área de Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales de las Delegaciones Especiales y de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, con el fin de combatir el fraude que afecta tanto a los intereses financieros de la Unión Europea, es decir, a los recursos propios, como a los tributos internos que gravan las operaciones de comercio exterior y a los Impuestos Especiales y medioambientales.

Para que la actividad inspectora de comprobación sea efectiva resulta necesaria la aplicación de técnicas de gestión del riesgo para la identificación de las tipologías de fraude más relevantes, así como la aplicación de criterios de comprobación en función de la tipología de fraude, con un tratamiento global del obligado tributario que aproveche al máximo las sinergias organizativas derivadas del control sobre cada impuesto.

Esta labor de investigación a nivel nacional corresponde a la Oficina Nacional de Investigación, dependiente del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, que tiene encomendado el estudio de todos aquellos aspectos que inciden en la lucha contra el fraude fiscal y aduanero y, en particular, el análisis de sectores y empresas que presentan un elevado riesgo. Esta Oficina Nacional trabaja en estrecha colaboración con la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), en la investigación penal de grandes tramas de defraudación mediante la importación masiva, tanto en España como en otros Estados Miembros, de productos procedentes de Asia con infravaloración de los valores en aduana y ocultación de las entregas interiores realmente realizadas. Además, centraliza y coordina la Asistencia Mutua Administrativa en materia aduanera y de Impuestos Especiales, tanto con la Oficina Europea de Lucha Antifraude (OLAF), encargada de la lucha contra el fraude cometido en detrimento del presupuesto comunitario, como con los Estados miembros de la Unión Europea y con Países terceros.

En el año 2023, se han realizado por la Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales 9.316 liquidaciones, con una deuda liquidada de 186,37 millones de euros.

Impuestos Especiales y medioambientales

En 2023, las comprobaciones se centraron fundamentalmente en los siguientes ámbitos:

  • Impuesto sobre Hidrocarburos. En 2023 se continúa el control de establecimientos autorizados como Detallistas, que comenzó el año anterior.

  • Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Se concreta en el control del fraude en las exenciones y supuestos de no sujeción, el control de embarcaciones con bandera no española y el control de las bases imponibles y de las emisiones de CO2 declaradas.

  • Impuesto Especial sobre la Electricidad. La investigación y comprobación en 2023 se centró en determinados usos con derecho a reducción: “Procesos metalúrgicos”, “Actividades industriales cuyo coste de electricidad represente más del 50 por ciento del coste de un producto” y “Actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 por ciento del valor de la producción”. Otro programa de control se centró en el control de las bases imponibles declaradas por los comercializadores de energía eléctrica.

  • Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. El control se centró en determinadas operaciones gracias a la nueva información prevista en el modelo 586. Además, se realizó un especial seguimiento de la aplicación inicial de la nueva estructura del impuesto, en vigor desde septiembre de 2022, con la finalidad de detectar posibles incumplimientos a la mayor brevedad posible y desplegando actuaciones de comprobación muy cercanas en el tiempo respecto a la realización de las operaciones gravadas.

  • Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Su control se centró, en primer lugar, en el cumplimiento de la obligación de liquidación e ingreso con cargo a los ejercicios 2019 a 2021 por parte de los teóricos contribuyentes, y, en segundo lugar, en detectar contribuyentes cuyo ingreso en esos años fue anormalmente bajo en comparación con el tipo efectivo medio del sector.

Comercio Exterior

Estas actuaciones se centran en el control inspector realizado a posteriori del despacho aduanero de los elementos de los tributos que gravan el comercio exterior. Con carácter general para todas las importaciones, este control se centra en el valor en aduana, el origen y la clasificación arancelaria de las mercancías.

Con respecto al control del valor en aduana, el fraude en este campo tiene distintas variables posibles. Por una parte, situaciones en las que el precio real de las mercancías no se corresponde con la documentación comercial presentada en el momento del despacho aduanero, destacando el riesgo que supone el crecimiento del comercio electrónico, por cuanto las simplificaciones existentes para este tipo de envío de pequeño tamaño, por regla general, pueden facilitar la declaración de valores inferiores a los reales. Por otra parte, los casos en los que, existiendo conceptos a incluir en el valor en aduana en concepto de ajustes al precio pagado o por pagar, no se ha incrementado el valor. Por último, la concurrencia de circunstancias, especialmente la vinculación, que impidan la utilización del valor de transacción y obliguen a la utilización de los métodos secundarios de valoración.

En cuanto a la revisión del origen de las mercancías, el fraude consiste en hacer desaparecer la conexión entre mercancía y fabricante, mediante la presentación de certificados de origen y facturas falsas o adulteradas, o realizando ventas -reales o ficticias- en el país de origen real con otros terceros países con tratamiento preferencial o sin derechos antidumping, o aplicando de forma incorrecta el código adicional que se aprueba para determinados exportadores y que conlleva el pago de un derecho antidumping inferior al general o de importe cero.

El fraude en la clasificación arancelaria de las mercancías consiste en declarar una partida diferente de la realmente aplicable, lo cual dará lugar a la aplicación de un menor derecho arancelario del que realmente corresponde, eludiendo incluso un derecho antidumping.

En relación con la importación de productos agrícolas y de la pesca, se mantienen con carácter general los riesgos fiscales de años anteriores: infravaloración, incorrecta clasificación arancelaria y falsas declaraciones de origen preferencial. La experiencia adquirida a lo largo del tiempo ha servido para crear los oportunos perfiles de riesgo, que han permitido hacer un seguimiento detallado de las empresas importadoras o atajar, en la medida de lo posible, las situaciones de fraude detectadas.

Respecto a las actuaciones desarrolladas en 2023, es preciso hacer una especial referencia al control del fraude en el ámbito del comercio electrónico. La existencia de dos flujos de negocio como es el B2C y B2B implica la necesidad de actuar de forma diferente dadas las características distintas que presentan. La característica principal del modelo de negocio B2C asociado al comercio electrónico, es el ingente volumen de pequeños paquetes con multitud de destinatarios, que en su mayoría no se encuentran identificados por el NIF. La introducción de este tipo de envíos se beneficia de simplificaciones mediante una declaración reducida de datos como es la declaración de Bajo valor o mediante alguna simplificación en la declaración de importación. El Modelo de negocio B2B implica que un vendedor pueda suministrar sus productos en un breve plazo de tiempo a sus clientes, para lo que es necesario que la mercancía se encuentre ya próxima a él en el momento de la venta. Si la mercancía es originaria de un tercer país, la única forma que tiene el vendedor de acortar los plazos de entrega es importar previamente la mercancía, antes que se oferte a través de la correspondiente ventana en internet o Marketplace. La identificación de estos vendedores que comercializan sus productos a través de diferentes plataformas no es posible sin la cooperación de aquellas. Por este motivo, desde la Agencia Tributaria se ha impulsado la firma de acuerdos con distintas plataformas.

IVA importación e IVA general

Por lo que respecta al IVA a la importación, se realizan principalmente dos tipos de actuaciones:

  • Control de la aplicación de tipos reducidos, cuyo objetivo es regularizar la situación tributaria de los contribuyentes que hayan liquidado a la importación cuotas de IVA inferiores a las que corresponden, por incorrecta aplicación del tipo impositivo.

  • Control de la exención en los despachos a libre práctica. Pueden darse dos tipos de fraude: el despacho a libre práctica realizado en España para su ulterior envío a otro Estado miembro, sin que tal envío se produzca, acogiéndose a la exención, y el despacho a libre práctica en otro Estado miembro, con envío posterior a España de la mercancía importada sin declaración por el sujeto pasivo español del hecho imponible, adquisición intracomunitaria u operación asimilada (en este caso se hace necesaria la asistencia mutua).

En ambos casos, las posteriores entregas de los bienes en el territorio español de aplicación del IVA pueden no ser declaradas en este impuesto.

En cuanto al IVA general, se controla el fraude en el IVA derivado de operaciones con productos sujetos a Impuestos Especiales o por operaciones de comercio exterior.

Represión del contrabando, del blanqueo de capitales y de otros fraudes

En materia de lucha contra el contrabando y el blanqueo de capitales, las unidades de Vigilancia Aduanera realizan actuaciones dirigidas a la represión del contrabando y tráfico ilícito de estupefacientes, tabaco, productos falsificados y otros géneros, así como del blanqueo de capitales conexo, comprendiendo también la protección aeronaval de la frontera en coordinación con otros organismos del Estado con presencia en la mar.

Las unidades de Vigilancia Aduanera también desarrollan actuaciones de control y apoyo al resto de áreas del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, entre las que se incluyen controles preventivos en recintos aduaneros mediante técnicas de inspección no intrusiva, controles de moneda, y el control de la seguridad de la cadena de transporte internacional.

Asimismo, realizan actuaciones de lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida, colaborando con otros Departamentos de la Agencia Tributaria, ya sea en el ámbito penal o en vía administrativa. La creciente complejidad del fraude, así como la internacionalización de sus estructuras, precisa de una coordinación externa y una necesidad de optimización de los recursos de la Agencia Tributaria mediante la cooperación y colaboración entre las distintas áreas funcionales.

En 2023, se intervinieron, fruto de estas actuaciones, 96.166 kg de hachís, 90.306 kg de cocaína y 6.095.162 cajetillas de tabaco, lo que supone un total de 1.181 delitos y 3.299 infracciones. Asimismo, se han denunciado 109 delitos de falsificación y 1.738 infracciones, además de 56 delitos de blanqueo de capitales, con un valor de 108,55 millones de euros.

Las cifras sobre contrabando y sobre las actuaciones realizadas durante este ejercicio se exponen en el Cuadro nº 36. Actuaciones de lucha contra el contrabando Se abre en ventana nueva y en el Cuadro nº 37. Principales actuaciones de Vigilancia Aduanera Se abre en ventana nueva (Anexo).

Control gestor en las Aduanas

La actuación de la aduana en los tiempos actuales no puede desvincularse del actual contexto económico, por lo que debe asegurar la máxima agilidad posible en el comercio internacional, con el objetivo de dinamizar la actividad de las empresas de la UE, pero sin renunciar a su función de control tanto desde la perspectiva financiera de obtención de los necesarios recursos públicos, como desde el punto de vista de las restantes funciones de control atribuidas a las aduanas, en particular, en lo relativo al control de prohibiciones y restricciones. 

La necesidad de garantizar la función de control de las aduanas junto con la necesaria agilidad que requiere el comercio legítimo hace necesario seguir avanzando en el desarrollo de simplificaciones que contribuyan a agilizar los tiempos de despacho y reducir los costes de los operadores.

En este contexto, se desarrolló la Ventanilla Única Aduanera (VUA) que permite, entre otras cuestiones, centralizar la información y la documentación remitida por los operadores económicos a las distintas autoridades relacionadas con el comercio exterior, evitando duplicidades y facilitando la tramitación administrativa.

Desde el punto de vista del control en el momento del despacho, la actuación de las aduanas está orientada en la realización de controles encaminados tanto a la protección de los intereses financieros de la UE y de sus estados miembros como a la protección y seguridad de todos los ciudadanos de la Unión.

Las actuaciones orientadas a combatir el fraude en tributos afectan a dos grandes ámbitos:

  • En el ámbito de la Unión Europea, los relacionados con los recursos propios: derechos aduaneros y derechos agrícolas.

  • En el ámbito interno, los que afectan a los impuestos indirectos: Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuestos Especiales y los impuestos medioambientales.

De igual forma, las aduanas también llevan a cabo actuaciones encaminadas a combatir actividades ilícitas que trascienden el ámbito fiscal como son, entre otros, los controles sanitarios, los que inciden sobre el control de la calidad de los productos garantizando la seguridad del consumidor, los que tienen por objeto la protección de la propiedad intelectual, el medio ambiente o el patrimonio cultural, el control de los intercambios comerciales con material de defensa y doble uso, productos químicos, sustancias que puedan ser empleadas como precursores de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como controles de especies de fauna y flora protegidas por el Convenio CITES.

Para implementar esos controles se han establecido medidas vinculadas a las mercancías que son objeto de operaciones de importación y exportación, circunstancia que determina que dichas mercancías puedan estar sujetas a control, que han alcanzado la cifra de 7.861.818 medidas. El número de controles físicos en 2023 en relación con los controles relativos a estas medidas TARIC ha sido de 23.798.

Así mismo, la gestión de los controles puede realizarse de diversas formas, si bien la que ha adquirido un papel protagonista es la realizada mediante el sistema de Ventanilla Única Aduanera que ha permitido un crecimiento de la gestión inteligente del sistema en relación con los controles reduciendo las situaciones en las que se precisa intervención manual por el actuario, e incrementando paulatinamente las situaciones sin levante por falta de la documentación preceptiva.

El control aduanero destinado a evitar estas actuaciones ilícitas también se realiza mediante el establecimiento de filtros basados en el análisis de riesgos aplicados tanto en la fase de despacho de la mercancía como en la fase de revisión posterior. Las expediciones comerciales retenidas como consecuencia de los filtros implementados deberán ser objeto de comprobación física o de revisión documental por los actuarios, comprobación que puede ser realizada en el momento de despacho aduanero, o en una revisión posterior.

El control tributario tiene por objeto verificar la completa y correcta declaración de los elementos determinantes de la deuda aduanera y fiscal:

  • Identificación de la mercancía objeto de la declaración aduanera y su correcta clasificación arancelaria.

  • Verificación del origen o destino de la mercancía y de los documentos acreditativos del mismo.

  • Comprobación del valor en aduana y las bases imponibles declaradas.

El control extrafiscal también se apoya en la fijación de filtros basados en el análisis de riesgos, que determina un control documental basado en la verificación de los certificados y autorizaciones expedidos por los organismos competentes o un control físico para constatar que la mercancía presentada a despacho coincide con la declarada.

Durante, 2023 las partidas de DUA de importación y exportación marcadas por filtros de finalidad extrafiscal son las incluidas en el Cuadro nº 38. Controles aduaneros sobre prohibiciones y restricciones UE Se abre en ventana nueva (Anexo). En relación con el control de las mismas hemos de destacar los controles implantados para garantizar la correcta aplicación de las sanciones de la UE contra Rusia como consecuencia de la invasión de Ucrania que han afectado al comercio con Rusia, Bielorrusia y parte de Ucrania.

Respecto de estos controles, cabría destacar no solo los controles de carácter sanitario y veterinario, sino también los realizados para el control de especies protegidas (Convenio CITES), los llevados a cabo para la defensa de la propiedad intelectual y los controles para evitar la importación o exportación de bienes y tecnología de doble uso, así como la violación de los embargos comerciales impuestos por la UE y Naciones Unidas.

En relación con el control de la circulación y tenencia de animales en peligro de extinción o productos de ellos derivados, el Convenio CITES (Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres) establece unos requisitos de control en la circulación de este tipo de productos e impide la entrada, salida o tenencia en el territorio nacional de productos sin que cuenten con la preceptiva autorización administrativa. La detección de este tipo de tráfico irregular implica la inmovilización de los animales o de sus productos y la tramitación del correspondiente procedimiento de contrabando. Durante el año 2023 se han intervenido 53.501 unidades, 25.130 gramos de coral, 19.399 de caviar, y 65.940 gramos de otras especies protegidas.

Dentro de esta línea encaminada a fomentar los controles parafiscales también debe destacarse la protección del medio ambiente a través del control de los residuos. El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, en colaboración con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha establecido controles tanto a importación como exportación de residuos mediante la activación de filtros de diversa naturaleza que mediante el control documental o físico de las declaraciones permite a las autoridades controlar el incumplimiento de la normativa vigente en dicha materia.

Por otro lado, la comercialización de mercancías falsificadas o piratas y, en general, la comercialización de toda mercancía que vulnere derechos de propiedad intelectual perjudica mucho a los fabricantes y comerciantes cumplidores de las leyes y a los titulares de derechos y engaña a los consumidores haciéndoles correr a veces riesgos para su salud y seguridad. Conviene por tanto impedir en la medida de lo posible la comercialización de tales mercancías y adoptar para ello medidas para atajar eficazmente esta actividad ilegal sin obstaculizar la libertad del comercio legítimo. Este objetivo se persigue también mediante los esfuerzos realizados en el mismo sentido en el ámbito internacional.

Las autoridades aduaneras tienen atribuida la capacidad de intervención de mercancías en aquellos casos en que existan sospechas de vulneración de este tipo de derechos.

La información facilitada por los titulares de los derechos a través de las solicitudes de intervención presentadas, tanto a nivel nacional como a nivel comunitario, es combinada con los sistemas de análisis de riesgos aplicados a la entrada y salida de mercancías, para lograr así una eficaz herramienta de protección.

Fruto de todos estos controles, entre otros resultados, en 2023 se han practicado 2.603 retenciones de expediciones de mercancía por presunta vulneración de derechos de propiedad intelectual.

En relación con las distintas actuaciones de control, durante el año 2023 se escanearon un total de 31.461 contenedores, tanto de importación como de exportación, para comprobar que la carga declarada coincidía con la imagen radiográfica obtenida del interior del contenedor y comprobando la posible existencia de dobles fondos o compartimentos ocultos. También se ha continuado con el control radiológico de los mismos, al objeto de detectar posibles tráficos ilícitos de materiales nucleares y radiactivos, así como mercancías contaminadas.

Independientemente del procedimiento de declaración empleado (normal o simplificado) el poder identificar el comercio legítimo y, por tanto, de bajo riesgo, permite a las autoridades aduaneras centrar los recursos limitados en aquellos operadores que suponen un riesgo mayor y facilitar el comercio legítimo.

En este contexto, en 2008 entró en vigor la figura del operador económico autorizado (OEA) que se puede definir como un operador de confianza que, tras cumplir una serie de requisitos, se podrá beneficiar de simplificaciones aduaneras y facilitaciones de seguridad. Actualmente, en la UE hay más 18.000 empresas certificadas y se han firmado acuerdos de reconocimiento mutuo internacional con algunos países. El reconocimiento mutuo no solo fortalece la seguridad de toda la cadena logística, sino que también facilita el comercio. Además, consolida a escala internacional el enfoque adoptado por la Organización Mundial de Aduanas y da respuesta al deseo de la comunidad empresarial de evitar la proliferación de requisitos y de homologar los procedimientos de protección en las aduanas. La UE ha adoptado acuerdos de reconocimiento mutuo del régimen de Operador Económico Autorizado con Japón, Estados Unidos, Suiza, Noruega, República Popular China, República de Moldavia, y Reino Unido.

En líneas generalas, un OEA debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Adecuado historial de cumplimiento aduanero.

  • Adecuada gestión de los registros comerciales y de transporte, garantizando la trazabilidad de las operaciones y la protección frente a la pérdida de información.

  • Solvencia.

  • Adecuada cualificación o competencia profesional.

  • Seguridad y protección (de las instalaciones, mercancías, medios de transporte, personal, socios comerciales, etc.).

A cambio, los OEA se beneficiarán, entre otras, de las siguientes ventajas:

  • Menos controles y, en su caso, prioridad en los mismos y posibilidad de que los mismos se realicen en las instalaciones del titular.

  • Posibilidad de aportar menos datos en declaraciones de seguridad.

  • Aviso previo de control.

  • Acceso más sencillo a simplificaciones aduaneras.

  • Despacho centralizado nacional, que permite presentar las declaraciones en una única aduana elegida por el OEA, independientemente de dónde se encuentren las mercancías.

  • Reducción o dispensa de garantías.

España cuenta con 876 de estos Operadores, habiendo concedido esta condición en 2023 a 45 nuevos operadores.

Además de la figura del OEA, el Código Aduanero de la Unión recoge otras simplificaciones y facilitaciones para operadores previamente autorizados y sujetas a autorización previa y control por parte de las autoridades aduaneras.

En esa línea en España se han concedido un total de 13.359 autorizaciones, algunas con validez limitada en el tiempo y otras indefinidas.

Uno de los principales elementos de control aduanero se focaliza en el control de los operadores de comercio exterior. Para ello se realizan operaciones de supervisión tanto del cumplimiento de los requisitos y condiciones de las autorizaciones como sobre el funcionamiento de los establecimientos aduaneros.

Durante el año 2023 se han realizado 2.876 actuaciones de supervisión a operadores titulares de las autorizaciones vigentes. Además, se han atendido 878 comunicaciones de variaciones efectuadas por los operadores.

Como resultado de dichas actuaciones de control por parte de la Aduana en 2023 se han llevado a cabo 16 revocaciones sobre autorizaciones OEA y 379 revocaciones o anulaciones de las restantes autorizaciones aduaneras.

El 1 de julio de 2021 entró en vigor el denominado “paquete IVA”, una normativa europea que incorpora cambios en la fiscalidad del comercio electrónico. Desde esa fecha, los productos de pequeño valor que el consumidor compra por internet y que se envían desde fuera de la UE pasan a estar sujetos a IVA, como viene sucediendo con los de mayor importe.

De cara a facilitar la aplicación de los aspectos aduaneros del paquete de comercio electrónico del IVA se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión incluyendo en el mismo la Declaración de despacho a libre práctica para envíos de escaso valor contemplada en el artículo 143 bis del UCC-DA (H7).

Por ello, a partir del 1 de junio de 2021 el uso de la declaración H7 es obligatorio y desaparece en la Península el mensaje de Bajo Valor recogido en la resolución del DUA (Apéndice IX).

El ámbito de la declaración H7 es el siguiente:

  • Mercancías compradas por internet que gocen de franquicia arancelaria por tener un valor intrínseco inferior a 150 euros;

  • Mercancías enviadas de particular a particular, sin pago de precio alguno, que asimismo gozan de franquicia por tener un valor inferior a 45 euros;

  • Documentos con los requisitos de los artículos 103 o 104 del Reglamento franquicias (código C35 y C36 respectivamente)

Esta declaración no podrá utilizarse para mercancías sujetas a controles de organismos en frontera por estar sujeta a normativa específica de comercio, de especies de flora y fauna protegidas (Convenio CITES), las sujetas a Impuestos Especiales o que requieran un control sanitario, veterinario, farmacéutico o cualquier otro establecido por la legislación vigente como, por ejemplo, medicamentos, tabaco, alcohol, animales y plantas, alimentos, armas y municiones, etc. En estos casos se deberá presentar necesariamente un DUA de importación completo.

Como consecuencia de los controles efectuados sobre estas declaraciones en 2023 se ha suspendido el despacho de 68.320 declaraciones no concediéndose el levante de las mismas, y respecto de 44.619 declaraciones se ha pedido la presentación de una declaración completa de importación. Destacando dentro de los motivos de estas decisiones el control de mercancías sujetas a prohibiciones y restricciones que ha afectado a 15.449 declaraciones.

Intervención y gestión de Impuestos Especiales

Las actuaciones de intervención de Impuestos Especiales se caracterizan por implicar tanto controles previos como simultáneos al momento de realización del hecho imponible. Ello viene motivado porque en estos casos confluyen, junto a elevados tipos impositivos, supuestos de exenciones, no sujeciones y bonificaciones tributarias en función del destino, con bases imponibles no monetarias.

Los Servicios de intervención de Impuestos Especiales documentan los resultados de las actuaciones interventoras en diligencias o comunicaciones, elaboran informes previos o complementarios cuando procedan.

Si en el desarrollo de sus actuaciones comprueban hechos que deben ser objeto de regularización o constitutivos de infracción tributaria, incoarán las actas o expedientes sancionadores que procedan. Las actas incoadas por los Servicios de intervención tienen carácter provisional, referido exclusivamente a los hechos y periodos comprobados.

Los datos correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023 se ofrecen en el Cuadro nº 39. Actividad interventora de II.EE. (impuestos Especiales) Se abre en ventana nueva (Anexo).

Las actuaciones de comprobación desarrolladas a lo largo de todo el año en materia de impuestos especiales y medioambientales en el ámbito del control gestor de estos tributos durante 2023 han alcanzado la cifra de 821.447 actuaciones.