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Regímenes especiales: Autorización de depósito distinto del aduanero

Datos Generales

Denominación

Regímenes especiales: Autorización de depósito distinto del aduanero

Tipo de procedimiento

Aduanero

Materia

Aduanas

Objeto

Autorización de la instalación como depósito distinto del aduanero a los efectos del anexo quinto de la Ley del IVA.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Empresa

Lugar de presentación

Telemática.

Documentación

Documentación que se considere relevante en la tramitación, como por ejemplo planos del Depósito Distinto del Aduanero, título que atribuye la disposición de la instalación, etc.

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: Presentación de la solicitud.

Tramitación: Verificación de los requisitos exigidos para poder obtener la correspondiente autorización

Terminación: Acuerdo del órgano competente concediendo o denegando la autorización solicitada.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

Según normativa aplicable

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reclamación Económico-administrativa. Plazo: un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Reposición. Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica