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II. EE. Devoluciones. Expediciones de alcohol y bebidas derivadas, procedentes de Canarias con destino a UE.

Datos Generales

Denominación

II. EE. Devoluciones. Expediciones de alcohol y bebidas derivadas, procedentes de Canarias con destino a UE.

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Impuestos

Objeto

En los envíos desde Canarias a otros Estados miembros de la Unión Europea, de productos sujetos a los Impuestos Especiales sobre la Cerveza, sobre los Productos Intermedios y sobre el Alcohol y las Bebidas Derivadas procede la devolución de la totalidad de las cuotas satisfechas.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática

Documentación

Solicitud de devolución de productos objeto del impuesto que hayan satisfecho el impuesto en Canarias, con destino a la Unión Europea. (modelo 590)

Fases del procedimiento/servicio

Inicio. Presentación telemática. (Modelo 590)

Tramitación. Por Oficina Gestora de II. EE.

Terminación. Resolución por Oficina Gestora de II. EE.

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

6 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Recursos

Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica

Normativa de tramitación

Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre,

por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHSA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el Modelo 380 de Declaración-liquidación del Impuesto sobre Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos. (BOE 1-diciembre-2007)