Domicilio fiscal en España
El domicilio fiscal en España (casillas B11 a B25) de los sujetos pasivos residentes en territorio español será el de su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección.
En los supuestos en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal, de acuerdo con los criterios anteriores, prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.
Las personas jurídicas o entidades no residentes en territorio español tendrán su domicilio fiscal en España (casillas B11 a B25), a efectos del cumplimiento de sus obligaciones tributarias:
- Cuando operen en España a través de establecimiento permanente, en el lugar en que radique la efectiva gestión administrativa y la dirección de sus negocios en España. En el supuesto en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal de acuerdo con el criterio anterior, prevalecerá aquel en el que radique el mayor valor del inmovilizado.
- Cuando obtengan rentas derivadas de bienes inmuebles, en el domicilio fiscal del representante y, en su defecto, en el lugar de situación del inmueble correspondiente.
- En los restantes casos, en el domicilio fiscal del representante o, en su defecto, en el del responsable solidario.
En la casilla B30 informará del número de referencia catastral del inmueble en el que se ubique.
La casilla B39 “Indicador Ref. Catastral" (junto a la casilla B30 de la "Referencia Catastral"), muestra los siguientes 4 valores en un desplegable:
- Inmueble situado en España, excepto País Vasco o Navarra.
- Inmueble con referencia catastral situado en el País Vasco.
- Inmueble con referencia catastral situado en Navarra.
- Inmueble sin referencia catastral (pendiente de asignación).
Es de cumplimentación obligatoria y:
Si selecciona "1", deberá CONSIGNAR OBLIGATORIAMENTE una referencia catastral válida en la casilla B30.
Si selecciona "2" o "3", deberá CONSIGNAR OBLIGATORIAMENTE una referencia catastral foral válida en el campo B30.
Si selecciona "4", NO SERÁ OBLIGATORIO consignar referencia catastral en la casilla B30