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Manual práctico de Renta 2024. Tomo 1

Régimen fiscal especial de las Illes Balears

Normativa: Disposición adicional septuagésima Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023

Objeto y ámbito temporal de aplicación

Se establece un régimen fiscal especial para las Illes Balear, cuyo objeto es el reconocimiento del hecho específico y diferencial de su insularidad, mediante la aprobación de un conjunto de medidas fiscales que, en relación a IRPF, serán aplicables en los ejercicios 2023 a 2028, ambos incluidos.

Importante: con fecha 24 de julio de 2024 se aprobó el Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears (BOE de 24 de julio), con efectos para los períodos impositivos que se inicien entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2028.

Ámbito espacial de aplicación

Este régimen fiscal es aplicable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, definido en el artículo 2 de su Estatuto de Autonomía, formado por el de las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera y Cabrera y por el de las otras islas menores adyacentes.

Beneficios fiscales previstos en este régimen

El régimen especial para las Illes Balear comprende las siguientes medidas de carácter fiscal:

  1. 1. Deducción por dotaciones a la reserva para Inversiones en las Illes Balears
  2. 2. Deducción por rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en las Illes Balears
  3. 3. Adecuación de estos beneficios a lo establecido en el Derecho de la Unión Europea: límites, seguimiento y control