Modelo 036
El titular de la declaración censal ajustada al modelo 036 deberá cumplimentar únicamente el apartado de las páginas 2A, 2B o 2C que le corresponda, según se trate de:
- Personas físicas (página 2A)
- Personas jurídicas o entidades (página 2B)
- Establecimientos permanentes de una persona jurídica o entidad no residente (página 2C)
Las páginas 2A, 2B y 2C de la declaración censal deben cumplimentarse al presentar una declaración de alta. En declaraciones de modificación, será cumplimentada si se quiere modificar los propios datos comunicados en una declaración de alta anterior.