Página 2A. Identificación de personas físicas
Apartado a rellenar exclusivamente por personas físicas, ya sean españoles o extranjeros, residentes o no en España.
Este apartado A) sólo se cumplimentará al presentar la declaración de alta o una declaración de modificación de los datos identificativos (por ejemplo, la persona física que tenía un NIE y pasa a tener DNI o alguien que modifica su nombre o apellidos) o del domicilio fiscal o de gestión administrativa o del domicilio a efectos de notificaciones o de los datos de teléfonos y direcciones electrónicas.
Si no se trata de la declaración inicial de alta, deberá marcarse, según proceda, la casilla que corresponda de la 122 a la 125 y la 142.
- Residente fiscal en España
- Identificación
- Código identificación fiscal del Estado de residencia - NIF-IVA (NVAT)
- Emprendedor de responsabilidad limitada
- Datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de la AEAT
- Domicilio fiscal en España
- Domicilio fiscal en el estado de residencia (no residentes)
- Domicilio a efectos de notificaciones (si es distinto del domicilio fiscal)
- Domicilio de gestión administrativa
- Establecimientos permanentes