Preguntas frecuentes
Conoce la respuesta a las cuestiones y dudas más frecuentes en relación con SILICIE
Establecimientos autorizados como elaboradores de productos intermedios
Los caracteres octavo y noveno del CAE de un establecimiento sirven para identificar su actividad.
En el caso de un establecimiento autorizado como elaborador de productos intermedios con las denominaciones de origen Moriles - Montilla, Tarragona, Priorato y Terra Alta, dichos caracteres son B0.
En el caso de un establecimiento autorizado como elaborador de productos intermedios distinto del indicado anteriormente, dichos caracteres son B9.
Sí. Ambos establecimientos son fábricas y, por consiguiente, están obligados al SILICIE.
Como obligado a SILICIE debe llevar la contabilidad de Impuestos Especiales mediante el suministro electrónico de los asientos contables a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El suministro electrónico de los asientos contables se podrá realizar directamente (en el plazo de las 24 horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento) o a partir del sistema contable en soporte informático del obligado (en un plazo más amplio al general de 24 horas).
El suministro electrónico de los asientos contables debe realizarlo dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.
Para su determinación se tendrá en cuenta el volumen de producción anual de productos intermedios de todos los establecimientos de que sea titular en el año natural inmediato anterior.
Si la actividad la hubieran desarrollado durante el año natural inmediato anterior por un plazo inferior al año natural, el volumen de producción se elevará al año.
En caso de inicio de actividad se tendrá en cuenta el volumen de producción estimado.
El suministro de los asientos contables registrados se podrá realizar hasta el último día hábil del mes siguiente a aquel en que se produzca movimiento, operación o proceso objeto del asiento pudiendo considerar.
A efectos del suministro, podrá considerar el mes de agosto inhábil.
Con relación al contenido del asiento suministrado, cada asiento contable debe referirse a un movimiento, operación o proceso.
No obstante, puede suministrar de forma agregada los movimientos de entrada de materia prima (en un único asiento contable mensual) y los movimientos de venta de producto intermedio (en un único asiento contable diario a condición de que sean ventas al por menor por las que se devengue el impuesto y no proceda exención).
El suministro de los asientos contables registrados debe realizarlo en el plazo de 5 días hábiles desde la fecha de registro del asiento en el sistema contable del establecimiento o desde la finalización del plazo de registro, si este no se hubiese efectuado en plazo.
A efectos del suministro, podrá considerar el mes de agosto inhábil.
Debe REGISTRAR el asiento en su sistema contable en soporte informático dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.
El suministro de los asientos contables registrados debe realizarlo en el plazo de 5 días hábiles desde la fecha de registro del asiento en el sistema contable del establecimiento o desde la finalización del plazo de registro, si este no se hubiese efectuado en plazo.
A efectos del suministro, podrá considerar el mes de agosto inhábil.
El registro en su sistema contable en soporte informático debe realizarlo dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento, operación o proceso objeto del asiento.