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Memoria 2023

4.1.4. Facilidades para el pago de las deudas tributarias

Pago telefónico

El importe de los ingresos llevados a cabo por medios telefónicos ascendió en el ejercicio 2023 a 42,6 millones de euros. A la hora de valorar este dato, debe tomarse en consideración que la posibilidad de pago por medios telefónicos se circunscribe a determinadas liquidaciones administrativas en las que el deudor sea una persona física, y siempre que el pago sea realizado por el procedimiento de cargo en cuenta directo. El importe de estos ingresos en el año 2022 ascendió a 36,4 millones de euros, lo que supone un incremento respecto al año anterior del 17%, poniéndose de manifiesto la consolidación del sistema de pago telefónico, gran salto cualitativo y cuantitativo en la asistencia e información al contribuyente de Recaudación.

Pago en entidades financieras 

En el ejercicio 2023 se ha concedido autorización a una entidad de crédito para que pueda actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria. Durante 2023 no se han producido bajas en la prestación del servicio de colaboración. De este modo, a 31 de diciembre de 2023 tenían autorización para actuar como colaboradoras en la gestión recaudatoria 111 entidades de crédito.

En este ejercicio el importe de la recaudación a través de las entidades colaboradoras ha alcanzado los 340.942 millones de euros, lo que, respecto al ejercicio 2022, supone un incremento del 11,45%.

Durante el ejercicio 2023 se llevaron a cabo labores de comprobación acerca de un total de 33 entidades, dos de las cuales fueron controladas desde un punto de vista integral. Asimismo, se han llevado a cabo comprobaciones de 3.404 actuaciones de embargo de cuentas correspondientes a 16 entidades, con objeto de verificar la veracidad de los resultados de trabas comunicados por las mismas a la Administración Tributaria.

Finalmente, durante 2023 se han practicado por el Equipo Central de Control de Entidades Colaboradoras 31 liquidaciones de intereses de demora a 25 entidades por ingreso fuera de plazo. El importe total de los intereses de demora liquidados ascendió a los 404.893,39 euros.

Aplazamientos y fraccionamientos de pago

Los contribuyentes pueden solicitar el aplazamiento y fraccionamiento del pago de sus deudas cuando existan dificultades transitorias de tesorería que les dificulten el pago.

En 2023 han aumentado el número de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago y el importe solicitado respecto a 2022. En 2023 se han presentado 2.600.237 solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago por un importe de 11.245,52 millones de euros. Es decir, un 14% más que en 2022 en número y un 23% más en importe. Estos incrementos son consecuencia del cambio normativo introducido por Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros, cuya entrada en vigor se produjo el 15 de abril de 2023. La falta de exigencia de garantía implica el crecimiento del número de solicitudes y de concesiones, siendo las mismas efectivas en términos de ingresos, con un índice de recuperación en torno al 90%.

Los cuadros que se enumeran a continuación y que se muestran en el Anexo desarrollan la distribución de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en función del importe de las deudas:

Gráfico nº 25. Solicitudes de aplazamientos en número. Distribución porcentual por tramos de importe Se abre en ventana nueva

Gráfico nº 26. Solicitudes de aplazamientos en importe. Distribución porcentual por tramos de importe Se abre en ventana nueva

Casi el 99% de las solicitudes recibidas corresponden a deudas de menos de 30.000 euros, si bien estas solo suponen el 74% del importe total solicitado. En estos aplazamientos, la norma exime al deudor de la obligación general de aportar garantías. 

En cuanto a los aplazamientos y fraccionamientos de pago resueltos en 2023, se han adoptado 2.453.047 acuerdos por un total de 9.212,5 millones de euros con el sentido y por los conceptos que se detallan en el Cuadro nº 27. Acuerdos de aplazamientos y fraccionamientos de pago Se abre en ventana nueva (Anexo). En los cuadros y gráficos del Anexo y referidos a continuación se muestran las principales magnitudes al respecto:

Cuadro nº 28. Garantías en los aplazamientos concedidos Se abre en ventana nueva

Gráfico nº 29. Evolución del número de solicitudes de aplazamientos Se abre en ventana nueva

Gráfico nº 30. Evolución del importe de aplazamientos solicitados (en millones de euros) Se abre en ventana nueva

Además, más del 98% de estos acuerdos, corresponden a deudas por importe inferior a 30.000 euros, que son objeto de gestión informatizada para agilizar la tramitación (RAM) y que se encuentran según la normativa vigente exentos de prestación de garantías. Si bien, de acuerdo con la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros, norma que entró en vigor el 15 de abril del 2023.