2024 Novedades de Aduanas
Se publica una guía básica de acceso al STI-STP del Generic Trader Portal para ICS2 en el apartado de Contenido Relacionado relativo a las Declaraciones Sumarias. La ENS y EXS.
Esta guía describe el proceso de acceso al STI-STP y las distintas opciones para hacer uso de este portal para declarar la ENS de ICS2 a través del mismo.
Junto a esta guía, en el mismo apartado, se publica un archivo comprimido con mensajes de ejemplo del sector marítimo de ICS2 que pueden servir de referencia para declarar la ENS a través del STI-STP.
Documentación técnica que ha variado en la declaración de importación adaptada al CAU
Modificación de la siguiente documentación técnica de la declaración de importación adaptada al CAU:
- Guia técnica de Importación CAU V3.7.
- Guía técnica de Consulta de importación CAU V2.6
Pueden verse en:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo)
Nota Informativa 21/2024 de 11 de noviembre del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre la aplicación de las normas comerciales tradicionales con arreglo al régimen específico de abastecimiento (REA) en el marco del programa de opciones especificas por la lejanía y la insularidad (POSEI), de conformidad con el reglamento (UE) nº 228/2013 y el reglamento de ejecución (UE) nº 180/2014
Documentación técnica que ha variado en la declaración de importación adaptada al CAU
Información Complementaria Importación CAU V3.8. Separatas.
Pueden verse en:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo)
Servicios Web (agenciatributaria.gob.es)
A partir de mañana a las 09:00.
Documentación técnica que ha variado en la declaración de importación adaptada al CAU
- Guía técnica de importación adaptada al CAU V3.6.
- Reglas y condiciones ajustadas al EUCDM y a la Aduana española V3.6.
- Guia técnica de consulta de importación CAU V2.5.
Pueden verse en:
Agencia Tributaria: Guías técnicas - Presentación DUA (Documento Único Administrativo)
La AEAT moderniza su sistema de inspección no intrusiva para un control aduanero más eficiente y sostenible a través del Instrumento de Equipos de Control Aduanero (CCEI) de la Comisión Europea.
Por la realización de operaciones de mantenimiento, el próximo domingo 27 de octubre se interrumpirá el servicio de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria entre las 02:30 horas (horario de verano) y las 03:30 horas (horario de invierno).
Disculpen las molestias.
Al objeto de dar solución a todas las cuestiones planteadas en relación con el sistema de alta indirecta de la prueba de estatuto aduanero de la Unión, para así poder datar la declaración de depósito temporal de forma electrónica, se han incorporado una serie de mejoras en el formulario web de alta indirecta de T2L.
Se publica nueva versión de la guía técnica del G5v2 (versión 2.4), para la notificación de movimientos de mercancías en depósito temporal declaradas en un G4, en la que, a petición de operadores, se proporcionan datos para las pruebas en preproducción del modo MDP-M del G5G/G5S y se añade anexo con las restricciones aplicadas a los modos MDM y MDC.
Las notificaciones G5G y G5S están disponibles en Preproducción desde el pasado 15/10/2024 y entrarán en Producción el 03/03/2025.
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DUA de importación: validaciones en régimen solicitado 07 49 en ubicaciones de Península y Baleares
A partir del 22 10 2024 a las 08:00, se realizarán las validaciones siguientes en el ámbito de la AEAT.
Para régimen solicitado = 07, 49 y para recintos de la ubicación que no empiecen por 35, 38
- No se puede declarar simultáneamente un 1500 con autorización de depósito y también un 5004 en la casilla 44.
- Si se declara un 5004: el carácter de II.EE. ha de ser S. Y viceversa.
- Si no se declara 5004: se debe declarar un 1500+ESDDA* (autorización de depósito distinto del aduanero).
5004: Código de actividad y establecimiento. 1500 Nº autorización Depósito Distinto del Aduanero o Depósito REF.
Se anuncia que desde hoy 15/10/2024 se abren las pruebas en el entorno de Preproducción para las nuevas notificaciones G5G y G5S . Ambas notificaciones se enmarcan dentro de la versión 2 de G5 y permitirán el movimiento de mercancías declaradas en depósito temporal mediante las nuevas declaraciones G4 .
Las notificaciones G5G son una evolución de las actuales notificaciones G5v1 para DSDT , adaptadas a las declaraciones G4, mientras que las notificaciones G5S son una versión simplificada, con un comportamiento y restricciones análogas al que tienen los actuales CUB para DSDT, pero adaptadas a las declaraciones G4.
Asimismo se publica nueva versión 2.3 de la guía técnica del G5v2 en la que se proporcionan detalles de ayuda para las pruebas en preproducción, se actualizan listas de códigos de error y warnings y se establecen determinadas limitaciones: funcionales a los datados de G5G y técnicas al número máximo de ocurrencias de determinados elementos xml.
Las notificaciones G5G y G5S entrarán en Producción el 03/03/2025.
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A partir del 14 de octubre de 2024, queda establecido el nuevo sistema de sellado electrónico para los residentes en la ciudad autónoma de Ceuta que realicen compras en la Península o en Islas Baleares y queda suprimido desde ese momento, el sellado manual (sello de caucho) a la entrada en este territorio.
Se actualiza la guía técnica de servicios web a la versión 2.16 para incorporar estos cambios.
Se publica la versión 2.16 de la guía técnica de servicios web - DIVA . Se incluyen las adaptaciones al nuevo sistema de sellado electrónico para los residentes en la ciudad autónoma de Ceuta que realicen compras en la Península o en Islas Baleares.
Cuando se indicó en la noticia de Sede del 17 de Septiembre que se adaptaba el sistema DIVA a los nuevos tipos, se actualizó la guía técnica de DIVA en consonancia.
En la guía se puede ver que el formato para el tipo de IVA , ahora admite un decimal. Además, se indica que que hay que actualizarse el esquema. Se recuerda que en DIVA la forma correcta sería, 7,5 (con coma y un solo decimal, como indica el patrón del esquema).
Agencia Tributaria: Adaptación del sistema DIVA a los nuevos tipos impositivos.
Se publica la revisión 2.5 de la Guía T2L adaptada al CAU en la cual se corrige el esquema XSD de alta indirecta CCIEP01INDV1Ent.xsd para solucionar un error en la URL del servicio.
Se ha modificado la guía del servicio web de consulta de una declaración de importación en el mensaje de respuesta para que
el número de documento (numero de referencia) se admita la opcionalidad de informar tal elemento de datos.
Simultáneamente, también se modifica el esquema de dicho servicio.
La Comisión Europea ha publicado un nuevo formato de documento de acompañamiento, para declaraciones de tránsito (DAT) y para declaraciones de exportación (DAE), adaptados al Código Aduanero de la Unión.
El 1 de octubre de 2024 se cierra la Ventanilla Única Aduanera para la gestión de las solicitudes de control de seguridad de los productos industriales ( R. D. 330/2008; Certificado 1310), por lo que a partir de ese momento todas las solicitudes de control de seguridad de los productos industriales ( RD 330/2008, Medida COM, certificado 1235) se deberán gestionar a través del Punto Único de Entrada COM. Los certificados 1310 emitidos por el Servicio de Inspección SOIVRE antes del 1 de octubre seguirán siendo válidos para su declaración en la casilla 44 del DUA mientras dure su plazo de validez.
A partir del próximo día 1 de octubre que entra en vigor la Orden PJC/756/2024, de 22 de julio, por la que se delimitan las actuaciones a realizar en los servicios de control oficial en frontera dependientes funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Ministerio de Sanidad. (boe.es), se ha dado de alta una nueva medida TARIC.
Se adapta el sistema DIVA para la admisión de los decimales que incluyen los nuevos tipos impositivos en sus dígitos. A partir del 23 de septiembre de 2024 se podrán realizar pruebas para comprobar su correcto funcionamiento.
Se recuerda a los operadores que una vez despachada la declaración de tránsito en la aduana de partida, dicha declaración no puede ser objeto de rectificación.
En caso de error en la misma, que afecte a la naturaleza de la operación, y que deba ser subsanada, los operadores tienen la opción de solicitar a la aduana de partida, a través del Registro electrónico, la invalidación de dicha declaración, al objeto de presentar la correcta.
El Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales (DAIIEE) refuerza el equipamiento de los Laboratorios Aduaneros de Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla a través del Instrumento de Equipos de Control Aduanero (CCEI) de la Comisión Europea.
A partir del 05/08/2024 se podrá declarar las declaraciones simplificadas del tipo B y E - Declaración simplificada sin autorización SDE.
Con la entrada en vigor del REGLAMENTO (UE) Nº 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de febrero de 2024 sobre los gases fluorados de efecto invernadero por el que se modifica la Directiva 2019/1937 y se deroga el Reglamento 517/2014, se han actualizado las medidas existentes para el control de la IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, INTRODUCCIÓN, producción, suministro y uso posterior de gases fluorados de efecto invernadero y de productos y aparatos que contengan dichos gases o cuyo funcionamiento dependa de dichos gases.
Se publican las presentaciones del seminario web operadores notificación de presentación de mercancías en la inscripción en los registros del declarante (I2) realizado el pasado 18 de julio que estarán disponibles en el apartado de ayuda relativo al Registro del Declarante EIR incluido en el apartado de procedimientos simplificados del portal de aduanas en la sede electrónica.
Se publica la revisión 1.14 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
En esta nueva revisión se cambian ciertas reglas de mensajes para el periodo definitivo, y se recuerda la necesitad de probar las validaciones del periodo definitivo que entrarán en vigor el 21 de enero de 2025 a las 00:00:00 horas.
En las últimas semanas nos han informado tanto operadores como otros estados miembros de que, habiéndose visado y/o registrado en España T2L/F, dichos documentos no se podían utilizar en otro país debido, a que no se encontraban en la base de datos del sistema central POUS. Y esto en todos los casos analizados se ha debido a que el declarante en su solicitud de visado y/o registro marcaba el indicador nacional (etiqueta NationalOnlyRequest) con el valor 1 (Sí).
Se publica nueva versión de la guía técnica del G5v2 (versión 2.2), para la notificación de movimientos de mercancías en depósito temporal declaradas en un G4, con corrección de erratas en esquemas y actualización de diversas condiciones, reglas y listas de códigos.
Se prevé que las notificaciones comprendidas en el G5v2 (G5G y G5S), entren en fase de pruebas, en el entorno de Preproducción, a principios del mes de Octubre.
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A raíz de una solicitud de Indonesia y Sri Lanka para beneficiarse de la acumulación regional prevista en el artículo 55, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, la Comisión ha decidido autorizar esta posibilidad de acumulación.
El próximo 18 de julio de 2024 de 09:00 a 11:00 horas tendrá lugar un seminario web en el que se informará de los cambios y novedades producidos en el procedimiento de inscripción en los registros del declarante (I2) dentro del nuevo sistema de importación (H1).
Régimen precedente en AES 40 por 49
Dado que desde el 01 01 2024 el régimen 49 no es admisible como régimen precedente en la declaraciones de exportación, deberán sustituirlo en la mismas por el código 40.
A la espera de la adopción de una Decisión del Comité de Cooperación Aduanera UE-Turquía, las administraciones aduaneras de los Estados miembros de la UE comenzarán a aceptar los certificados de circulación de mercancías A.TR expedidos electrónicamente cuando se presenten a la importación, con un código QR y sin firma en tinta húmeda a partir del próximo 8 de julio de 2024.
La autenticidad de los certificados de circulación de mercancías A.TR expedidos electrónicamente por Turquía puede verificarse en el enlace único de cada certificado de circulación de mercancías, que comienza por "https://mdc.gtb.gov.tr", "https://uygulama.gtb.gov.tr", ''https://istanbul.ebirlik.net/'' o ''https://ankara.ebirlik.net/dolasim/app'' (al que se accede escaneando el código QR del certificado o tecleando la ruta impresa en el certificado).
Se publican las presentaciones del Seminario web operadores nuevo sistema de importación (H1) celebrado el pasado 18 de junio que estarán disponibles en el apartado de ayuda relativo a: "Importación. Despacho a libre práctica".
En el caso de productos objeto de Impuestos especiales que sean objeto de una declaración de exportación, y que, habiéndose producido el devengo, el exportador solicite la devolución de los Impuestos Especiales de fabricación, el declarante debe consignar en la declaración si las cuotas cuya devolución pretende se han soportado dentro o fuera del ámbito territorial interno contemplado en el artículo 3 de la ley 38/1992 de Impuestos especiales.
El próximo 18 de junio de 2024 de 10:00 a 12:00 horas tendrá lugar un seminario web en el que se informará sobre las novedades que representa el nuevo sistema de importación que irá entrando en producción en las fechas contenidas en la novedad "H1 publicación de documentación técnica y calendario" publicada el pasado día 4 de junio, iniciándose el 25 de 06 de 2024 con la entrada en producción las declaraciones A, D,V, y Z.
Nueva validación desde el 4 de junio para expediciones de tránsito desde ubicaciones privadas (sustituye a la novedad publicada el 27 de mayo)
A partir del 4 de junio, el sistema informático de la AEAT realizará las siguientes validaciones para admitir las declaraciones de expedición de tránsito desde ubicaciones privadas:
- Será necesario declarar una autorización de tipo C521 (ACR - Estatuto de Expedidor autorizado a efectos de Tránsito de la Unión) cuyo titular sea el que figura como Obligado en la declaración de tránsito.
- La autorización ACR declarada deberá contener en la casilla 4.15 (Aduanas de partida) la aduana de partida de la declaración de tránsito.
- Con carácter general, será necesario declarar una autorización de tipo C523 (SSE - Empleo de precintos de tipo especial) y además declarar algún precinto, a no ser que en la casilla XX/1 (Medidas de identificación) de la autorización C521 (ACR) conste el literal "SIN PRECINTOS".
- No obstante, en caso de que opere algún supuesto de medidas de identificación alternativas al precintado, no se rechazarán las declaraciones de tránsito en las que no se incluya el número de precinto, pero la declaración podrá ser objeto de control a fin de comprobar que procede la dispensa de precintos.
Por lo tanto, es necesario que los operadores de expedición de tránsito desde ubicaciones privadas tengan adecuadas sus autorizaciones ACR y SSE (en su caso) para esa fecha. Si actualmente no poseen la autorización, o si la misma no se adecúa en aduanas o precintos a lo que será obligatorio para el 4 de junio, deberán solicitar la autorización o solicitar una modificación de esta.
Se publica la versión 4.11 de la guía técnica de declaraciones EXS, notificaciones de Reexportación y de Reexpedición, en la que se introducen nuevas validaciones sobre los documentos previos T2L.
Estas validaciones entrarán en vigor el 23 de julio de 2024.
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Documentación técnica que ha variado:
- Declaración de importación:
- Guía técnica de importación adaptada al CAU V3.4.
- Guía técnica de servicio de consulta de importación CAU V2.4
- Información complementaria importación CAU V3.6
- Reglas y condiciones ajustadas al EUCDM y a la Aduana española V3.4
- Escenarios de importación adaptados al CAU. V3.1.
- Guía de servicio web de envío de documentación V 1.5
- Notificación de inscripción de mercancía en el registro del operador:
- Notificación de inscripción de mercancía en el registro del operador V0.5
- Reglas y condiciones V 0.2
En cada documentación se detalla, en su versionado, la variación habida.
También se puede ver en Servicios Web (agenciatributaria.gob.es)
Se publica la revisión 1.13 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
En esta nueva revisión se añade, entre otras novedades, explicación de validaciones sobre autorizaciones de tipo C521 y C523 para el 4 de junio.
Nueva información relativa a la ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2, en los ámbitos marítimo, carretera y ferrocarril
La Comisión ha permitido que los operadores puedan acogerse a una ventana de despliegue, para la transición al sistema ICS2, fase 3.
El Release 3 entra en vigor el 3 de junio, se adjuntan las distintas fechas de las ventanas de despliegue para cada operador económico.
Es posible que algunos operadores económicos, no estén preparados para iniciar la presentación de la ENS con la fase 3 del ICS2, en su fecha de entrada en funcionamiento respectiva:
- 3 de junio de 2024: transportistas marítimos.
- 4 de diciembre de 2024: operadores que remiten información a nivel house en el tráfico marítimo.
- 1 de abril de 2025: transportistas por carretera y ferrocarril.
Respecto al trafico Ro-Ro, Transporte Combinado, tanto acompañado como no acompañado, se permite que puedan solicitar la ventana del 1 de abril de 2025.
Consulta en la Nota Informativa 18/2024 las fechas para poder acogerse a dichas ventanas y el procedimiento a seguir.
Se publica nueva versión 4.11 de la guía EDIFACT de Sumarias de Descarga (Declaraciones de Depósito Temporal) que aporta un nuevo anexo V en el que se describen las claves para referenciar una DSDT y la conversión entre las mismas. Se amplía asimismo el límite de partidas declarables en un mismo mensaje CUB a 999 partidas.
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Nueva información relativa a la ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2 en los ámbitos marítimo, carretera y ferrocarril
El Release 3 de ICS2 entra en vigor el próximo 3 de junio de 2024 para todos los operadores económicos.
No obstante, la Comisión Europea ha permitido que los operadores que lo soliciten antes del día 3 de junio de 2024, puedan acogerse a una ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2, fase 3 que les permitirá una incorporación progresiva dentro de plazos más amplios.
Se pueden consultar en el siguiente enlace los plazos de la ventana de despliegue y el procedimiento para acogerse a la misma:
Nota Informativa 16/2024 de 22 de mayo del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, relativa a la ventana de despliegue para la transición al sistema ICS2
Sesión Informativa CBAM organizada por la Comisión Europea
La Comisión Europea ha organizado para el próximo jueves 23 de mayo, de 10 a 11 30, una sesión informativa online en relación con el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, más conocido por su acrónimo en inglés: CBAM.
Podrán participar en la misma todos aquellos que tengan interés en dicho mecanismo.
El enlace para obtener información adicional y registrarse es el siguiente:
Disponen de mayor información al respecto en la sede electrónica del Ministerio de Transformación Ecológica y Reto Demográfico, autoridad nacional competente en relación con el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, a través del siguiente enlace:
https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/cbam.html
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Se han añadido un nuevo esquema que permitirá el Alta Indirecta (CCIEP01INDV1.wsdl, CCIEP01INDV1Ent.xsd)
Con esta nueva Alta Indirecta se va a proceder a cerrar el T2L preCau en la siguiente Fecha:
- Desde el 12/07/2024 a 14/01/2025 estará en pruebas
- url de pre para formulario de T2L de alta indirecta: https://prewww1.aeat.es/wlpl/ADTL-JDIT/CapturaT2LIndirecta
- url de servicio web de pre: https://prewww1.agenciatributaria.gob.aeat/wlpl/ADTL-JDIT/ws/pous/CCIEP01V1INDSOAP
- Desde el 09/09/2024 estará en producción
- Desde el 15/01/2025 ya no se podrá acceder al alta indirecta T2L preCau.
Emisión electrónica de certificados A.TR
Tras la suspensión de la Nota nº 1 de 31 de marzo de 2020 sobre la presentación de pruebas de origen preferencial durante la crisis del Covid 19, las autoridades turcas vuelven a expedir los certificados de circulación de mercancías A.TR por vía electrónica con la firma en tinta húmeda.
Se solicita a Turquía que lleve a cabo una regularización global de los certificados expedidos antes del 1 de mayo de 2024 inclusive, sin firma y aún en tránsito, en forma de comunicación de las autoridades turcas en la que se indique que dichos certificados se considerarán visados y firmados en tinta húmeda por las aduanas turcas. Dicha comunicación se distribuirá en cuanto se reciba.
En base a la Nota Informativa nº 1, recogida en el documento TAXUD/2109264/20 del 31.03.2020, la Comisión recomendó a las autoridades aduaneras de los EM aceptar certificados de circulación de mercancías a efectos de origen preferencial expedidos por medios electrónicos con una firma o un sello digitales de las autoridades competentes, o una copia en papel o en formato electrónico, dada la situación provocada por la pandemia del COVID-19. .Esta flexibilidad terminó el pasado 1 de mayo del 2024, y desde ese momento ya no se aceptan certificados de origen emitidos de manera electrónica por terceros países.
Se publica la revisión 1.16 de la guía de los Servicios Web de Declaraciones de Exportación para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana. Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de exportación, así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de exportación en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
En esta nueva versión se añade, entre otras novedades, que desde el 9 de mayo no se permitirá valor estadístico cero para importe de factura mayor que cero.
Novedades en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero
En fecha de 20 de febrero de 2024 se ha publicado el Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014. Dicha derogación, con entrada en vigor el 11 de marzo de 2024, ha supuesto una modificación del ámbito objetivo del impuesto que va a suponer algunas mejoras en la liquidación del hecho imponible importación.
Toda la información en relación con las formalidades aduaneras para la importación de bienes sujetos al impuesto se encuentra accesible en el siguiente enlace:
Agencia Tributaria: Formalidades aduaneras para la importación de bienes sujetos al impuesto
Certificados A.TR. con mención "Comunidad Europea" en la casilla 4
Se comunica que se pueden comenzar a imprimir nuevos certificados A.TR con la mención en la casilla 4 a "Comunidad Europea". No obstante, se pueden seguir utilizando los certificados ATR que estén ya emitidos con la mención antigua a la "Comunidad Económica Europea" en la casilla 4, los cuales deberán ser aceptados por las autoridades aduaneras de los EM de la Unión y Turquía hasta que se adopte la revisión técnica de la Decisión 1/2006 del Comité de Cooperación Aduanera CE -Turquía, de 26 de septiembre de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Decisión nº 1/95 del Consejo de Asociación CE-Turquía.
La Unión Europea y Nueva Zelanda han firmado un Acuerdo de Libre Comercio que entrará en vigor el próximo 1 de mayo de 2024.
Se publica nueva versión 0.8 de las especificaciones técnicas de las declaraciones G4. Las principales novedades son la introducción del número de partida de la declaración en el servicio web G4Dec, un nuevo servicio web para la consulta de estos números de partida de declaración y varios mensajes de petición/respuesta en otros servicios web. Asimismo, se generaliza la opción de datado " MRN + Partida", del tipo de documento previo N337 de todas las declaraciones aduaneras que lo soporten, para todos los G4.
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Se actualiza el calendario de implantación de la nueva versión de especificaciones del sistema DIVA anunciada el 1 de agosto del 2023 (versión 2.14).
- En pruebas, disponible.
- En producción en paralelo con la versión anterior (2.13), disponible.
- Cierre de versión anterior, 21 de mayo de 2024
Se publica la revisión 1.12 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
En esta nueva versión se añade, entre otras novedades, explicación de cómo se generará la sumaria en el caso de bultos 0 y kilos 0 de masa bruta.
Se publica la revisión 1.11 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
En esta nueva versión se añade, entre otras novedades, el tipo de garantía 5, para utilizar exclusivamente en el caso de que el importe a garantizar sean cero euros.
Nuevo tipo de garantía de tránsito para cantidad a garantizar “0” euros
A partir del 26 de marzo podrán presentarse declaraciones de tránsito para las que, dado que el importe a garantizar es cero, el tipo de garantía seleccionada podrá ser 5: Dispensa del requisito de constitución de garantía cuando el importe a garantizar sea cero.
Dicho código podrá ser seleccionado de la tabla TRTIPGA5.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Se han actualizado los esquemas hay que bajarlos de nuevo.
Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Versión obligatoria desde el 1 de marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
Se comunica la modificación del calendario de entrada en funcionamiento de la declaración de importacion adaptada al CAU. Así mismo, se explica la fecha de entrada en producción de la declardación de notificación de inscripción de la mercancía. Por último, otras consideraciondes a tener en cuenta.
Nota Informativa 09/2024 de 13 de marzo, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, relativa a los controles veterinarios que sustituye a la NI GA 03/2024
Se publica la revisión 1.10 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real desde el 3 de octubre de 2023.
- Además, desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 serán de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4 (fecha improrrogable).
Se ha publicado la Nota Informativa 08/2024 de 5 de marzo del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, relativa a la puesta en funcionamiento de la fase 5 del sistema electrónico de tránsito - sistema NCTS P5.
Publicada la Nota Informativa NI GA 06/2024 de 28 de febrero del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, relativa a la puesta en funcionamiento del sistema electrónico de prueba de estatuto de mercancía de la Unión - Sistema POUS
Publicada la Nota Informativa NI GA 05/2024 de 22 de febrero, sobre el procedimiento de firma de certificados de circulación de mercancías EUR 1 y EUR-MED.
Publicada la Nota Informativa NI GA 04/2024 de 22 de febrero, relativa a la ampliación de la NI GA 08/2013 de 26 de marzo, sobre el estado actual de aplicación del Convenio Regional Paneuromed.
NI GA 03/2024 de 21 de febrero, relativa a los controles veterinarios que modifica la NI GA 13/2023
Nuevo certificado de exención de control veterinario por parte de Sanidad Exterior para la medida TARIC nacional SNM Control sanitario de productos a la importación
Desde el día 20 de febrero de 2024 está disponible un nuevo certificado 1426: INSPECCIÓN DE SANIDAD EXTERIOR. Declaración que presenta el importador, bajo su responsabilidad, de que los envíos de productos de origen no animal están desprovistos de carácter comercial.
Este nuevo certificado deberá ser declarado en todo caso en la casilla 44 del DUA o del preDUA en el momento del alta de la declaración, junto con el documento de declaración responsable, para aquellas posiciones estadísticas sujetas a control SNM-SANIM y que estén afectadas por una de las siguientes remisiones:
- 02 506: Se trata de un envío de productos de origen no animal entre particulares destinados a su consumo o uso personal cuyo valor intrínseco es igual o inferior a 45 euros, y no se superan las cantidades máximas establecidas en el art. 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 o el art. 1.2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158.
En este caso, en la casilla 37.2 del DUA o preDUA se deberá declarar el código C08
- 02 507: Se trata de un envío de productos de origen no animal entre empresas que no va destinado a comercializarse y cuyo valor intrínseco es igual o inferior a 150 euros y no se superan las cantidades máximas establecidas en el art. 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1793 o el art. 1.2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1158.
En este caso, en la casilla 37.2 del DUA o preDUA se deberá declarar el código C07.
Se publica la revisión 1.9 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real desde el 3 de octubre de 2023.
- Además, desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 serán de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4 (fecha improrrogable).
Nueva versión de las especificaciones técnicas del T2L electrónico adaptado al CAU
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Se recuerda el calendario de introducción de este sistema.
- Sistema actualmente en pruebas.
- Versión disponible en el entorno de producción desde el 16 de enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el 1 de marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L.
Nuevo certificado de exención del control de muestras biológicas y células y tejidos humanos
A partir del próximo 20 de febrero de 2024 estará disponible un nuevo certificado 1427: Declaración que presenta el operador bajo su responsabilidad de que los envíos están excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio y el Real Decreto 65/2006, de 30 de enero.
Este nuevo certificado deberá ser declarado en todo caso en la casilla 44 del DUA o del preDUA en el momento del alta de la declaración, junto con el documento de declaración responsable, para aquellas posiciones estadísticas sujetas a control por las medidas TARIC MBI (Importación de muestras biológicas humanas), MBG (Importación de muestras de material biológico de origen animal) y CYT (Importación y exportación de células y tejidos humanos) y afectadas por una de las remisiones 02 500 a 02 504.
NI GA 02/2024 de 16 de febrero, relativa al control de muestras biológicas, células y tejidos humanos que modifica la NI GA 05/2022
Publicación de las Reglas y Condiciones de la declaración Notificación de Inscripción de la Mercancía (NIM) en los registros del declarante
Se publica la nueva versión de las reglas y condiciones de la declaración de Notificación de Inscripción de Mercancía (NIM) en los registros del declarante.
Ver en Sede de la AEAT, el documento "Reglas y Condiciones NIM V0.2"
Interrupción del servicio el sábado día 10 de febrero
Por la realización de operaciones de mantenimiento, el próximo sábado día 10 de febrero, se interrumpirá el servicio en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a las 22:00, por un tiempo máximo de 2 horas.
Disculpen las molestias.
Se publica la nueva versión de la guia de Notificación de Inscripción de Mercancía (NIM) en los registros del declarante. Se pueden hacer pruebas en el entorno de PREproduccion desde el 15/01/2024. En PROduccion será el 01/07/2024.
Acceso registro CBAM mediante apoderamiento
Se ha incluido un nuevo trámite "Acceso registro CBAM" entre la lista de trámites habilitados para su realización por Internet.
De esta forma, se podrá otorgar apoderamiento individualizado para el acceso al Registro CBAM seleccionando este trámite entre la relación de los habilitados para realizarse por Internet que se hallan publicados en la Sede Electrónica a los siguientes actores:
- Un Empleado en nombre de un Operador Económico
- Un Empleado en nombre de un Representante Aduanero
- Un Representante Aduanero en nombre de un Operador Económico
- Un Empleado en nombre de un Operador Económico, con un mandato de un Representante Aduanero
NI GA 01/2024 de 30 de enero, por la que se sustituye la NI GA 11/2023 de 17 de julio relativa a la exención de los derechos antidumping aplicables a la importación de piezas esenciales de bicicletas originarias de China prevista en el Reglamento (CEE) Nº 88/97 de la Comisión Europea
Se publica la revisión 1.8 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
- Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real desde el 3 de octubre de 2023.
- Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4 (improrrogable).
Seminario web operadores sistema POUS
H1- Declaración de importación. Guías técnicas publicadas: Información complementaria, reglas y condiciones y calendario
- Documentación técnica que se ha modificado:
-
- Guía técnica de importación adaptada al CAU V3.3
- Guía técnica de servicio de consulta de importacion CAU V2.3
- Información complementaria importación CAU V3.3
- Reglas y condiciones ajustadas al EUCDM y a la Aduana española V3.3
En la propia documentación se detallan las variaciones sufridas.
También se pueden ver en Servicios Web (agenciatributaria.gob.es)
- Calendario:
El calendario no tiene variación. Se puede consultar en la novedad publicada el día 21/06/2023.
Seminario web dudas operadores Fase 5 sistema NCTS
El acceso y registro a la plataforma CBAM siempre debe realizarse seleccionando la opción ADUANAS, nunca Carbon Border Adjustment Mechanism (CBAM)
Lo puede efectuar, tanto el importador eligiendo la opción operador económico, como el representante aduanero que ha presentado declaraciones de importación objeto de CBAM como representante indirecto. Y de esta forma cada uno, importador o representante aduanero, elegirán la opción que corresponda.
Por el momento no se puede acceder como apoderado de los anteriores, aunque estamos trabajando con MITERD, autoridad competente en la materia, para buscar una posible solución.
Al objeto de aclarar la forma de acceder al Registro CBAM, se ha actualizado la ppt que encontrarán disponible en el apartado CBAM.
Se ha actualizado la guía técnica del sistema NCTS P5 entre otros aspectos para indicar que el importe total que debe cubrir la garantía debe ser calculado por el operador, indicando el importe correspondiente a cada garantía utilizada. El importe calculado para la inclusión de las mercancías en el régimen de tránsito debe de cubrir el importe de los derechos de importación y demás gravámenes devengados por la importación. Para ello deberá tener en consideración los derechos de importación, IVA e Impuestos Especiales, en su caso, que correspondan a la fecha en que se realice la declaración. El reparto del importe entre las garantías lo hará el operador a su elección.
Así mismo se ha actualizado en idéntico sentido la presentación realizada en el seminario para operadores de noviembre de 2023 que tienen a su disposición.
Se ha publicado un nueva versión de las especificaciones técnicas del sistema justificación del carácter comunitario de la mercancía mediante el documento T2L, adaptado al Código Aduanero de la Unión (CAU). Los cambios se recogen en el apartado de control de cambios. Se recuerda el calendario de introducción de este sistema:
- Sistema actualmente en pruebas
- Versión disponible en el entorno de producción desde el 16 de enero 2024. Se mantendrá el funcionamiento paralelo con la versión de T2L no adaptada al CAU.
- Versión obligatoria desde el 1 de marzo 2024. Única versión posible para la gestión del T2L
Puesta en producción del sistema electrónico de prueba de estatuto aduanero de mercancía de la Unión adaptado al CAU - POUS
El próximo 16 de enero estará disponible en el entorno de producción la primera fase del nuevo sistema electrónico de prueba de estatuto aduanero de mercancías de la Unión (sistema POUS) conforme a lo indicado en la “Guía del documento T2L electrónico adaptado al CAU”.
Esta fase tiene por objeto el desarrollo de las funcionalidades necesarias para la emisión en formato electrónico de la prueba de estatuto aduanero de mercancía de la Unión mediante el uso de los datos del T2L/F.
Es importante señalar que desde la fecha mencionada el sistema POUS funcionará en paralelo junto con el actual sistema nacional T2L electrónico pudiendo utilizar cualquiera de los dos sistemas para la solicitud de emisión y presentación de la prueba de estatuto hasta el 1 de marzo de 2024, fecha de cierre del sistema electrónico nacional T2L.
La información detallada del nuevo sistema POUS puede consultarse en la Guía técnica publicada al efecto disponible en el siguiente enlace:
Con la entrada en operación de Declaración G4 de depósito temporal, es preciso tener en cuenta en la declaración de envíos de escaso valor (H7) en la casilla PreviousDocument, varios puntos.
Publicación de nueva revisión 1.7 de la Guía técnica de Servicios Web de Tránsito para el Sistema NCTS5
Se publica la revisión 1.7 de la guía de los Servicios Web de Tránsito para el intercambio de información entre los Operadores y la Aduana en el nuevo Sistema NCTS5 (New Computerized Transit System Phase 5). Esta guía recoge los mensajes del dominio externo (comunicación entre el Operador Económico y la Agencia Tributaria) del componente nacional del Sistema Automatizado de declaraciones de tránsito (NCTS5), así como las adaptaciones que puedan ser necesarias para la mejora de los Sistemas Nacionales de Tránsito en línea con el Código Aduanero de la Unión (CAU).
Se recuerda que el calendario de implantación para el sistema es inaplazable y es el siguiente:
Los Servicios Web del nuevo sistema NCTS5, detallados en esta guía técnica, están disponibles en el entorno de pruebas desde el 19 de diciembre de 2022 y en el entorno real desde el 03 de octubre de 2023.
Además, está previsto que desde el 12/03/2024 los Servicios Web del sistema NCTS5 sean de uso obligatorio, ya que en esa fecha se cerrará de la admisión de mensajes EDIFACT del sistema NCTS4 (improrrogable).