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Guía práctica para cumplimentación del modelo censal 036

Estimación directa simplificada

Personas físicas

Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas determinarán el rendimiento neto de todas sus actividades por la modalidad simplificada del método de estimación directa (casilla 609 “Inclusión”), siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  1. No determinen el rendimiento neto de estas actividades por el método de estimación objetiva (casillas 604 o 606)
  2. El importe neto de la cifra de negocios del conjunto de estas actividades no exceda, el año inmediato anterior, 600.000 €, considerando el conjunto de actividades desarrolladas por el contribuyente. De acuerdo con el Código de Comercio, art. 35, redacción dada por Ley 16/2007 art.1, la cifra de negocios comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas así como el Impuesto sobre el Valor Añadido, y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios, que deban ser objeto de repercusión (casilla 612).
  3. No renuncien a esta modalidad (casilla 610)

El importe neto de la cifra de negocios que se establece como límite para la aplicación de la modalidad simplificada del método de estimación directa, tendrá como referencia el año inmediato anterior a aquel en que deba aplicarse esta modalidad:

  • cuando en el año inmediato anterior, no se hubiese ejercido actividad alguna, se determinará el rendimiento neto por esta modalidad para el primer año de actividad, salvo que se renuncie a la misma.
  • cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

Los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de alguna de sus actividades económicas por la modalidad normal del método de estimación directa (casilla 608), determinarán el rendimiento neto de todas sus actividades por la modalidad normal.

  1. Casilla 614
  2. Renuncia al método de estimación directa simplificada
  3. Exclusión del método de estimación directa simplificada