Colaboración social delegada
Permite que las personas empleadas (delegados o delegadas) de las personas que ejercen la colaboración social puedan realizar a través de Internet, con sus certificados electrónicos, gestiones de los sujetos obligados tributarios
Colaboración social delegada desde el punto de vista de la presentación
La presentación de declaraciones se puede realizar por:
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El propio colaborador o colaboradora social, utilizando:
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Certificado de persona física: si la persona colaboradora social es una persona física.
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Certificado de representante de persona jurídica: si la persona colaboradora social es una persona jurídica.
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Certificado electrónico de Sello de Entidad para los trámites autorizados.
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Una persona empleada (delegado o delegada) de la persona colaboradora social autorizada como delegada, utilizando:
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Certificado de persona física que le permitirá la autenticación electrónica en la Agencia Tributaria y como persona empleada autorizada y delegada de la persona colaboradora social.
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